SAP Zaragoza 58/2003, 4 de Febrero de 2003

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2003:266
Número de Recurso602/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución58/2003
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 58 / 2003

ILMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE:

DON PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA

MAGISTRADOS:

DON ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

DON JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ

En Zaragoza, a cuatro de febrero de dos mil tres.

En nombre de S. M. el Rey Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en grado de apelación los autos de SEPARACION CONTENCIOSA, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº DIECISEIS de los de Zaragoza, con el número 232/02, de los que dimana el presente Rollo de Apelación nº 602 de 2002, a instancia de DOÑA Margarita representada por la procuradora Dª Blanca Alaman Fornies y asistida de la letrado Dª Gloria Labarta Bertol, apelante, contra DON Esteban representado por la procuradora Dª Elsa Bodin Langarica y asistido de la letrado Dª Mª Teresa Torres Gómez, apelado, siendo parte el MINISTERIO FISCAL y ponente el Ilmo. Sr. Don PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 2 de septiembre de 2002, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando en parte la demanda formulada por la representación de Dª Margarita contra su esposo D. Esteban sobre separación conyugal, debo declarar y declaro haber lugar a ella en cuanto que se decrete expresamente por esta sentencia la separación matrimonial de ambos litigantes, que se regirá por los siguientes efectos: 1º) Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal; Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro. Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica; 2º) La custodia del hijo menor común se adjudica a la Sra. Margarita , compartiendo los progenitores la autoridad familiar; 3º) El padre podrá visitar y tener en su compañía al hijo menor los fines de semana alternos desde las 10 horas del sábado a las 20 horas del domingo, y la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano, así como una tarde a la semana desde las 18 horas o desde la salida del colegio hasta las 21 horas; 4º) El uso del domicilio familiar sito en Zaragoza, C/ DIRECCION000 , nº NUM000 , NUM001 se adjudica a la esposa, debiendo abandonarlo el marido, que podrá retirar previo inventario, sus objetos personales; 5º) Como pensión de alimentos para los hijos comunes, el...

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