SAP Barcelona 246/2007, 20 de Marzo de 2007
Ponente | FERNANDO JERONIMO VALLE ESQUES |
ECLI | ES:APB:2007:911 |
Número de Recurso | 31/2007 |
Procedimiento | Menores |
Número de Resolución | 246/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 31/07-J
EXPEDIENTE Nº 4/06
JUZGADO DE MENORES Nº 4 DE BARCELONA
APELANTES: Tomás
Lorenzo
Magistrado ponente:
FERNANDO VALLE ESQUÉS
SENTENCIA 246/2007
Ilmos. Srs.
D. FERNANDO VALLE ESQUÉS
D. JOSEP NIUBÒ I CLAVERIA
Dª ROSER BACH FABREGÓ
Barcelona, a 20 de marzo de 2007
VISTO el presente Rollo de Apelación nº 31/07-J, dimanante del Expediente nº 4/06 del Juzgado de
Menores nº 4 de Barcelona, seguido por una falta de apropiación indebida, en el que se dictó
sentencia el día 19 de diciembre de 2006. Ha sido parte apelante el abogado D. Esteban Arauzo
Palacios, en nombre y representación de los menores Tomás y Lorenzo ;
y parte apelada el Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que anteriormente se ha hecho mención, dice lo siguiente: "FALLO: Que considerando a los menores Lorenzo e Tomás responsables de una falta de apropiación indebida les impongo la medida de prestaciones en beneficio de la comunidad por tiempo de 30 horas, en caso de no aceptación o de incumplimiento 3 fines de semana de permanencia en domicilio.- Que debo absolver y absuelvo a dichos menores imputados del delito de robo con fuerza por el que habían sido acusados".
Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso sendos recursos de apelación por la misma Defensa, uno por cada uno de los menores que han sido condenados en la instancia. Admitidos a trámite dichos recursos se cumplimentó por el Juzgado de Menores el traslado de ambos a la parte contraria, el Ministerio Fiscal, que presentó escrito de oposición a dichas impugnaciones. Posteriormente, el referido expediente se elevó a esta Audiencia Provincial.
Recibido el expediente en esta Sección Tercera de la Audiencia, a la que corresponde el conocimiento de los recursos procedentes de los Juzgados de Menores, se dictó providencia incoando el presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado. Con arreglo al turno de reparto previamente establecido se me nombró magistrado ponente, señalándose la vista preceptiva que tuvo lugar en el día de ayer, con la asistencia de todas las partes y del Equipo Técnico, actuando como abogada defensora (parte apelante) Dª Nereida Crespo Jiménez, y con el resultado que consta en el acta levantada por el Ilmo. Sr. Secretario. Tras ello, se procedió a la deliberación y votación del recurso, resolviéndose el mismo a través de la presente.
Como magistrado ponente, en la presente resolución expreso el criterio unánime del Tribunal.
Se aceptan y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos que se han declarado probados en la sentencia apelada; y sus fundamentos jurídicos sólo en cuanto no se opongan a los de la presente, y
ÚNICO.- Frente a la sentencia de instancia se alza la Defensa de ambos menores, si bien a través de sendos recursos de apelación, uno para cada uno...
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