SAP Palencia 74/2003, 15 de Mayo de 2003
ECLI | ES:APP:2003:233 |
Número de Recurso | 79/2003 |
Número de Resolución | 74/2003 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALENCIA
Sección 001
Rollo 79/2003
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de PALENCIA
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS n° 0000176/2002
SENTENCIA NUMERO SETENTA Y CUATRO
Iltmo. Sr. Magistrado
Don Ángel Muñiz Delgado
En la ciudad de Palencia, a quince de mayo de dos mil tres.
Vistos en Segunda Instancia ante esta Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal por el Iltmo. Sr. Magistrado Don Ángel Muñiz Delgado, los autos de Juicio de Faltas procedentes del Juzgado de Instrucción n° 5 de Palencia, sobre falta de apropiación indebida, Rollo de Apelación núm. 79/03, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de Noviembre de 2.002, por Jorge , defendido por la letrado Sra. Marcos Fernández, siendo apelado el Ministerio Fiscal.
SE ACEPTAN los antecedentes de hecho expuestos en la sentencia recurrida, salvo el relato de Hechos Probados, en el que se añade la frase "la tarjeta de crédito en cuestión había sido cancelada por su propietario el 21 de Noviembre de 2000".
En el Juicio de Faltas antes descrito y con fecha 20 de Noviembre de 2.002, se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
"Que debo condenar y condeno a Jorge como autor penalmente responsable de una falta de apropiación indebida a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros, con quince días de arresto sustitutorio en caso de impago así como al abono de las costas del Juicio".
Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por Jorge al amparo de lo dispuesto en el art. 976, en relación con los arts. 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada y que se dicte otra de acuerdo con sus conclusiones definitivas, mientras que la parte apelada interesó la desestimación del recurso interpuesto y la confirmación de la resolución recurrida.
NO SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida y
La falta de apropiación indebida contemplada en el art. 623 n° 4 del Código Penal, al igual que su homónimo delito, son infracciones criminales contra el patrimonio ajeno, que como consecuencia de ellas sufre una lesión o reducción. Ello comporta que la cosa objeto de apropiación ha de tener un valor económico para que...
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