SAP Granada 193/2001, 27 de Marzo de 2001
Ponente | MOISES LAZUEN ALCON |
ECLI | ES:APGR:2001:756 |
Número de Recurso | 804/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 193/2001 |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM 193
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCIA
MAGISTRADOS:
D. MOISES LAZUEN ALCON
D. JOSE MALDONADO MARTINEZ
En la ciudad de Granada a veintisiete de Marzo de dos mil uno.
La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio, seguidos a virtud de demanda de D. Rodolfo , representado por la Procuradora Sra. Cándenas González y defendido por el Letrado D. Fernando González Sancho Rodríguez, contra construcciones Jiménez Puertas S.L., representado por el Procurador Sr. Leyva Muñoz., y contra E.M., Ferrallas Mulhacen SL., en situación legal de rebeldía.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y
La referida sentencia, fechada veintiuno de Julio de dos mil contiene el siguiente Fallo: " Estimando las demandas interpuestas por D. Rodolfo , representado por la procuradora Dª María Jesús Cándenas González, frente a Construcciones Jiménez Puertas S.L., representada por el Procurador D. Antonio Manuel Leyva Muñoz, que inicialmente diera origen a los presentes autos y a los autos 347/99 del Juzgado de Primera Instancia N° 6 y 369/99 del Juzgado de Primera Instancia N° 8, debo condenar y condeno a dicha demanda a que abone al actor la cantidad de QUINCE MILLONES TRESCIENTAS CINCUENTA Y CINCO MIL PTAS (15.355.000 PTAS), e intereses legales desde el 18 Mayo de 1999, más DOS MILLONES TRESCIENTAS VEINTE MIL PTAS (2.320.000 PTAS) con intereses legales desde el 17de Junio de 1999, y todo ello con aplicación del artículo 9212 de la L.E.C., e imposición de costas a dicho demandado. - Estimando la demanda interpuesta por D. Rodolfo , representado por la procuradora Dª. María Jesús Cándenas González, frente a Construcciones Jiménez Puertas S.L, representada por el Procurador D. Antonio Manuel Leyva Muñoz, y Ferrallas Mulhacen S.L. debo condenar y condeno a los mencionados demandados a que abonen solidariamente al actor UN MILLON SETECIENTAS CUARENTA MIL PESETAS (1.740.000 PTAS), más intereses legales desde el 29 de junio de 1999, y todo ello con aplicación del articulo 921 de la L.E.C., e imposición de costas a los demandados. - Desestimando las reconvenciones formuladas por Construcciones Jiménez Puertas S.L., representada por el Procurador D. Antonio Manuel Leyva Muñoz, contra D. Rodolfo , representado por la procuradora Dª. María Jesús Cándenas González, debo absolver y absuelvo a este último de las pretensiones frente a él articuladas, con imposición de costas al reconvención".
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial., en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, en el acto de la vista su Letrado interesó la revocación de la sentencia recurrida; por el Letrado de la parte apelada se solicitó la confirmación de dicha resolución.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISES LAZUEN ALCON.
Como antecedentes necesarios para la correcta resolución del presente recurso, debemos señalar los siguientes: - El actor formuló por el cauce procesal del juicio declarativo de menor cuantia, demanda contra la mercantil Construcciones Jiménez Puertas S.L, en reclamación de la suma de
14.239.000 ptas, que dio lugar a los autos 158/99, del Juzgado la Instancia N° 5 de Granada, a los que se acumularon los N° 347/99 del Juzgado de 1ª Instancia N° 6, los 369/99 del Juzgado N° 8 de Granada y los N° 480/99, del Juzgado de 1 Instancia N° 6 de Granada, siendo en éstos últimos parte demandada, junto a la mercantil Constricciones Jiménez Puertas S.L., la también mercantil Ferrallas Mulhasen, S.L., en reclamación de las sumas de 2.320.000 ptas; 1.116.000 ptas, y 1.740.000 ptas, respectivamente, lo que hace un total reclamado de 19.415.000 ptas, más intereses legales y costas. La demandada construcciones Jiménez Puertas, se opuso, alegando la inactividad del actor, su falta de información fluida, planteando reconvención en los autos 158/99 y 347/99, en reclamación de indemnización, como consecuencia de la actitud poco diligente del Letrado actor, solicitado se acuerde la determinación del quantum indemnizatorios en ejecución de sentencia.
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