SAP Cáceres 162/2006, 19 de Abril de 2006
Ponente: | JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA |
Número de Recurso: | 200/2006 |
Procedimiento: | CIVIL |
Número de Resolución: | 162/2006 |
Fecha de Resolución: | 19 de Abril de 2006 |
Emisor: | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª |
ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS. COMUNICACIÓN PÚBLICA DE FONOGRAMAS. MALA FE. Fueron transcurriendo los años sin que la actora girase los recibos mensuales, lo que constituye para el demandado una resolución implícita, no siendo admisible que acompañe a la demanda la relación de recibos pendientes, creados unilateralmente. En primera instancia se estima la demanda. Se estima la apelación, desestimándos... (ver resumen completo)
JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRASALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRAANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CACERES
SENTENCIA: 00162/2006
S E N T E N C I A NÚM.-162/06
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE:
DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =
MAGISTRADOS:
DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA =
DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =
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Rollo de Apelación núm.-200/06 =
Autos núm.- 634/06 =
Juzgado de 1ª Instancia núm.- 1 Cáceres =
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En la Ciudad de Cáceres a diecinueve de abril de dos mil seis
Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Verbal núm.-634/05 sobre, Reclamación de cantidad del Juzgado de 1ª Instancia núm.-1 de, Cáceres siendo parte apelante, el demandado, DON Agustín representados tanto en la instancia como en esta alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Leal López y., defendido por el Letrado Sr. Roco Pérez, y como parte apelada, el demandante ASOCIACION GESTION DERECHOS INTELECTUALES, Y DE ARTISTAS INTERPRETES O EJECUTANTES representado tanto en la instancia como en esta alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Gutiérrez Fernández y.,defendida por el Letrado Sr. Crehuet Olivier.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.-1 de Cáceres en los Autos núm.-634/05 con fecha,30 de enero de 2005 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Estimo la demanda interpuesta por la ASOCIACION DE GESTION DE DERECHOS INTELECTUALES (AGEDI), y de ARTISTAS INTERPRETES O EJECUTANTES (AIE), representadas por el Procurador Don Pablo Gutiérrez Fernández frente a DON Agustín, representado por el Procurador Don Carlos Alejo Leal López, y condeno a este último a que abone a la actora la suma de 2.266,78 euros, más los intereses y las costas procesales, que expresamente impongo al demandado"
Frente a la anterior resolución y por la representación del demandado, se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los arts. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada ley procesal .
Formalizado en tiempo y forma el recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandante, se remitieron los autos originales a esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres, previo emplazamiento de las partes por término de 30 días de conformidad con lo establecido en el art. 463.1 de la L.E.C., reformado por Ley 22/2003...
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