SAP Santa Cruz de Tenerife 191/2008, 18 de Abril de 2008

PonenteMARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO
ECLIES:APTF:2008:830
Número de Recurso49/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución191/2008
Fecha de Resolución18 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 191/2008

Iltmos. Sres.

Presidente:

Dª. Pilar Muriel Fernández Pacheco (Ponente)

Magistrados:

Dª. Carmen Padilla Márquez

Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a dieciocho de abril de dos mil ocho.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de La Laguna, en autos de Juicio Verbal nº 915/2007, seguidos a instancias de la Procuradora Dª. Lidia Lorenzo Vergara bajo la dirección del Letrado D. José David Sandoval Salvador en nombre y representación de D. Narciso y D. Jose Augusto, contra Frontera 96 S.L., representada por la Procuradora Dª. Iluminada Marco Flor, bajo la dirección de la Letrado Dª. María Esther Medina Castilla; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Pilar Muriel Fernández Pacheco, Magistrado-Presidente de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha ocho de octubre de dos mil siete, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Narciso y D. Jose Augusto contra Frontera 96 S.L. representada por la Procuradora Dña. Iluminada Marco Flor y asistida por la Letrada Dña. María Esther Medina, y en su consecuencia debo condenar y condeno al demandado a que abone a los actores la cantidad de 275,85 euros de principal y los intereses legales devengados por la misma desde el momento de presentación de la demanda hasta el completo pago del principal, incrementados a partir de esta resolución en la forma determinada en el artículo 576 NLEC. En materia de costas no procede hacer especial pronunciamiento.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado-Presidente Dª. Pilar Muriel Fernández Pacheco; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Cristina Arteaga Acosta, bajo la dirección de la Letrado Dª. María Esther Medina Castilla, la parte apelada se personó...

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