SAP Burgos 81/2000, 14 de Febrero de 2000

PonenteARABELA CARMEN GARCIA ESPINA
ECLIES:APBU:2000:222
Número de Recurso500/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución81/2000
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA

En el Rollo de Apelación número 500 de 1.999 dimanante de Juicio de Retracto nº 40/99 ,

sobre retracto arrendaticio rústico , del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Aranda de Duero ( Burgos), en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de julio de 1.999 , han comparecido, como demandante-apelante, D. Carlos Francisco , vecino de Fuentespina (Burgos) , representado por la Procuradora Dª. Mercedes Manero Barriuso y defendido por el Letrado D. Alvaro Ontoso Terradillos ;y como demandado-apelado, AYUNTAMIENTO DE FUENTESPINA (Burgos), representado por el Procurador D. José Roberto Santamaria Villorejo y defendido por el Letrado D. Miguel Angel Alonso Vicario.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Que debiendo desestimar como desestimo integramente la demanda interpuesta por D. Carlos Francisco , representado por el Procurador D. Alfredo Rodríguez Bueno contra el Ayuntamiento de Fuentespina representado por la procuradora Dª Mª Victoria Recalde de la Higuera, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones contra ella deducidas. Todo ello, condenando como condeno a la parte actora al pago de las costas procesales causadas en la tramitación de esta causa ".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Carlos Francisco se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, emplazándose a las partes y remitiéndose los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Seguido el recurso por sus trámites se señaló para la celebración de la vista el dia 10 de febrero del año 2.000 a las 10 horas de su mañana, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes personadas, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ejercita por D. Carlos Francisco acción de retracto arrendaticio rústico al amparo de los artículos 84, 86, 87, 88 , 90 y ss, de la LAR frente a la actual propietaria , el Ayuntamiento de Fuentespina , respecto de la finca nº NUM000 del polígono NUM001 del término municipal de Fuentespina (Burgos) sita en el pago DIRECCION000 o DIRECCION001 , con una superficie de 3.945 m2, con los siguientes linderos: Norte, Irene ; Sur, Carlos Francisco , antes Cosme ; Este, camino o paseo de la Ermita y Oeste Carlos Francisco , alegando su condición de arrendatario desde hace aproximadamente siete años.

SEGUNDO

El ejercicio del derecho de retracto que corresponde al arrendatario que lo sea en el momento de la transmisión está sujeto al cumplimiento de una serie de requisitos:

  1. - El retrayente debe tener la condición de arrendatario, en el sentido del artículo 93.2 "in fine", en relación con los artículos 14, 15 y 16 (en su caso) de la LAR .

  2. - Que se haya producido la transmisión de la finca rústica arrendada.

  3. -...

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