SAP Zamora 143/2007, 15 de Junio de 2007
Ponente | PEDRO JESUS GARCIA GARZON |
ECLI | ES:APZA:2007:158 |
Número de Recurso | 165/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 143/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
Z A M O R A
Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN 165/2007
Nº Procd. Civil : 173/2006
Procedencia : Primera Instancia de PUEBLA DE SANABRIA
Tipo de asunto : JUICIO VERBAL
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Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han
pronunciado
E N N O M B R E D E L R E Y
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 143
Ilustrísimos/as Sres/as
Presidente/a
D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.
Magistrados/as
D.PEDRO JESÚS GARCIA GARZON
D.ANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO.
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En la ciudad de ZAMORA, a quince de Junio de dos mil siete.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de JUICIO VERBAL 173/2006, seguidos en el JDO.1A.INST. de PUEBLA DE SANABRIA, RECURSO DE APELACION (LECN) 165/2007; seguidos entre partes, de una como apelante la sociedad MICOSAN SOCIEDAD CIVIL, representada por el Procurador D. DIEGO AVEDILLO SALAS, y dirigida por la Letrada Dª. ESTHER BARREIROS GONZALEZ, y de otra como apelado D. Plácido, representado por la Procuradora Dª BELEN ALVAREZ ANTON y dirigido por la Letrada Dª. Mª ASCENSION RABANILLO ESCUDERO.
Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. D. PEDRO JESÚS GARCIA GARZON.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
Por el JDO.1A.INST. de PUEBLA DE SANABRIA, se dictó sentencia de fecha 19-02-2007, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: ESTIMAR PARCIALMENTE, la demanda formulada por Procurador Sr. SAN ROMÁN, en nombre y representación de D. Plácido, con los siguientes pronunciamientos:
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) Declarar haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento del local en Camino de Gramedo DORNILLAS (ZAMORA) de fecha uno de enero de 2.000, por extinción del plazo y consecuentemente decretar el desahucio de la demandada, condenando a la demandada a entregar la posesión del inmueble al actor.
-
) Condenar a MICOSÁN SOCIEDAD CIVIL y de forma subsidiaria, mancomunada e ilimitada, para el supuesto de inexistencia de patrimonio de la sociedad (MICOSAN SC), a los socios D. Luis María Y Dª Flora a indemnizar al actor por la privación de uso del local en una cantidad igual a la renta mensual actualizada fijada para dicho arrendamiento, desde el fin de la duración del contrato -31 de Diciembre de 2.004-, hasta la entrega efectiva de la posesión a aquél; sin que proceda imponer a la demandada el pago de cantidad alguna en concepto de atrasos de rentas y de actualizaciones.
Condeno también a la parte demandada al abono al actor de la cantidad de: 126,99 euros, en concepto de gastos de agua, alcantarillado y recogida de basura; sin que proceda imponer a la parte demandada el pago de cantidad alguna en concepto de gastos de "luz".
Todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas".
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 14- 06-2007.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
Aceptamos los fundamentos de derecho de la sentencia objeto del presente recurso.
La representación de los condenados interpone...
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