SAP Badajoz 282/2004, 28 de Abril de 2004

PonenteMARIA VISITACION PEREZ SERRA
ECLIES:APBA:2004:381
Número de Recurso193/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución282/2004
Fecha de Resolución28 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 282

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Ubeda Mulero

Magistrado: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: D. Enrique García Chamón Cervera

En la ciudad de Alicante, a veintiocho de Abril de dos mil cuatro.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio Ordinario sobre resolución de contrato de arrendamiento de local de negocio seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante D. Ricardo , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Sra. Ripoll Poveda y dirigida por la Letrada Dª. Pilar Llorca Rubio, y como apelada D. Carlos Daniel , representada por el Procurador Sr. Manjón Sánchez con la dirección del Letrado D. Santiago Soler Bernabeu.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Alicante en los referidos autos, tramitados con el núm. 454/03-B, se dictó sentencia con fecha 11 de Diciembre de 2003 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Rita Ripoll Poveda, en nombre y representación de D. Ricardo , contra D. Carlos Daniel , debo absolver y absuelvo al demandado, con imposición de costas a la actora".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se preparó recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma, formalizándose en el plazo previsto. Fue admitido, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al mismo, y previo emplazamiento a las partes se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 193-B/04, tramitándose el recurso en forma legal y en el que se señaló para la deliberación y votación el día 28 de Abril de 2004, en el que tuvo lugar al no considerarse necesaria la celebración de vista por este Tribunal.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Visitación Pérez Serra.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda se pretendía, al amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera la extinción del contrato de arrendamiento de local de negocio por jubilación del arrendatario demandado; en la contestación a la demanda alegó este no ser de aplicación esa norma dado que el local nunca había sido de local de negocio sino de almacén, por lo que la jubilación que no se negaba no teníaincidencia en la duración del contrato, tesis esta que acoge la sentencia apelada.

Tras exponer los antecedentes, cuestiona la parte apelante en la alegación Segunda la valoración que la Juzgadora de instancia efectúa respecto al acto de conciliación que tuvo lugar el 2 de Marzo de 1999.

En la papeleta de demanda se pretendía el reconocimiento de varios extremos relativos al contrato de arrendamiento, y tiene especial relevancia habida cuenta de que, según admiten ambas partes, el contrato se pactó de manera verbal en el año 1971 por el padre, ya fallecido de los actores.

El primer extremo indicaba textualmente lo siguiente: "Que el demandado es arrendatario de la finca registral núm. NUM000 , del Libro 120/3ª, del Registro de la Propiedad núm. NUM001 de Alicante, "urbana núm. tres Local comercial sito en la Calle Tubería, núm.77 de Alicante, destinado a taller, arrendado al mismo desde 1971, y del que son propietarios mis mandantes."

Los siguientes puntos venían dedicados a la actualización de la renta permitida por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de Noviembre de 1994 , a la cual se sometían expresamente, según se hizo constar en el apartado d) del punto Segundo.

La contestación del arrendatario aquí demandado, firmada por el mismo Letrado que ha actuado en este procedimiento en defensa de sus intereses, fue del siguiente tenor: "1ºQue reconocemos y aceptamos los extremos de calidad arrendaticia e identificación de la finca expresados en el apartado primero de la demanda."

Comparte la Sala la crítica que en el recurso se hace de la valoración que en la...

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