SAP Granada 1046/2000, 15 de Noviembre de 2000

PonenteCARLOS JOSE DE VALDIVIA PIZCUETA
ECLIES:APGR:2000:3219
Número de Recurso1268/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1046/2000
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA Núm. 1046

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. CARLOS JOSE DE VALDIVIA PIZCUETA

MAGISTRADOS

D. ANTONIO GALLO ERENA

D. JOSE MARIA JIMENEZ BURKHARDT

En Granada, a Quince de Noviembre de dos mil.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, formada por los Istmos. Sres. al margen relacionados, ha visto en grado de apelación -rollo núm. 1268/99- los autos de juicio de MENOR CUANTIA, del Juzgado de Primera Instancia número Nueve de Granada, sobre reclamación de cantidad, seguidos en virtud de demanda de D/Dª DIRECCION000 representado por la Procuradora CERES HIDALGO, y defendida por el Letrado D. Felix Bullejos Pertiñez, contra D/Dª URBANIZADORA CUBILLAS GRANADA S.A., representado por el Procurador D. Norberto del Saz Catalá y defendido por el Procurador D. José Masats Gómez; y contra D. Rubén , representado por el Procurador D. Fernando Bertos García, no compareciendo su Letrado; y otro.

ANTECEDENTES DE HECHO

P r i m e r o.- Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia en fecha de 9 de Marzo de Dos mil, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Encarnación Ceres Hidalgo en nombre y representación de la DIRECCION000 Cubillas Granada S.A. representada por el Procurador D. Norberto del Saz Catalá y contra D. Rubén , representado por el Procurador D. Fernando Bertos Garcia, debo condenar y condeno a ambos demandados, solidariamente, a que se ejecuten en la piscina de la comunidad la sobras de construcción o reparación necesarias para subsanar las grietas en el fondo y en el vaso de la misma, así como los huecos o burbujas en el hormigón, hasta dejarla en las debidas condiciones de uso; con imposición de costas a los demandados en esta parcela del debate. Desestimando la demanda interpuesta por la indicada DIRECCION000 , bajo larepresentación susodicha, contra D. Carlos Miguel , representado por la Procuradora Dª. Julia Domingo Santos, debo absolver y absuelvo al referido demandado de la pretensión formulada en su contra; sin costas en esta porción de la litis".

S e g u n d o.- En el acto de la vista el Letrado de la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra que recogiese las peticiones del suplico de su escrito de contestación a la demanda; por el Letrado de la parte apelada, se instó la confirmación de la sentencia apelada por sus propios fundamentos, con costas; y el Letrado de D. Rubén no compareció.

T e r c e r o.- Que, en esta alzada se han previsto todas las prescripciones legales y demás de pertinente aplicación.

Siendo ponente el Iltmo Sr. D. CARLOS JOSE DE VALDIVIA PIZCUETA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

P r i m e r o.- El concepto de ruina, eje central de éste pleito, tiene una vertiente física y otra funcional (se ha dicho muchas veces), esto es: Que, el mismo no se restringe a la destrucción o derrumbamiento el edificio, sino que se amplía, se extiende, a aquellos supuestos en que lo construido, por tener unas imperfecciones superiores a las corrientes, no sirve, no es útil, para el fin que le es propio, al que se le destina (se citan, en tal sentido, las sentencias del Tribunal Supremo, de 17 de Febrero de 1984, de 20 de Diciembre de 1985; de 4 de Diciembre de 1989; de 23 de Enero de 1991, de 30 de Septiembre de igual año; de 3 de Diciembre de 1992, de 25 de Enero de 1993, de 29 de Marzo de 1994 de 29 de Mayo de 1997 y de 4 de Marzo de 1998 ); así, aparece el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Andalucía 1335/2010, 28 de Junio de 2010
    • España
    • 28 Junio 2010
    ...de fecha de 30-3-00 dictada por el Juzgado de Instrucción de Huéscar en el juicio de faltas 26/00 (ratificada por sentencia de la Audiencia Provincial de Granada de 15-11-00 ), que la vía estaba en buenas condiciones de conservación y que estaba señalizada, advirtiendo de posibles heladas c......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR