SAP Murcia 217/2007, 10 de Septiembre de 2007

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2007:1818
Número de Recurso234/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución217/2007
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00217/2007

Rollo núm. 234/2007

Apelación Civil.

S E N T E N C I A NÚM. 217/2007

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a diez de Septiembre de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia 6 de Murcia, con el núm. 1049/2003, entre las partes: como demandantes en primera instancia y apelantes en esta alzada DON Juan Miguel y DON Íñigo, en ambas instancias representados por la Procuradora Doña Purificación Velasco Vivancos y defendidos por la Letrada Sra. Mengual Bernal; y como demandados en primera instancia y oponente al recurso en esta alzada la mercantil MARZABAL S.L. en ambas instancias representadas por la Procuradora Doña Belén Hernández Morales y defendida por el Letrado Sr. Alarcón Zamora; siendo también parte demandada en primera instancia los Herederos Legales de D. Jaime Martos y Zabalburu.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 27 de Diciembre de 2006, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Purificación Velasco Vivancos, en nombre y representación de Juan Miguel y Íñigo, contra los herederos legales de D. Jaime Martos y Zabalburu y Marzabal S.L., representados por la Procuradora Dña. Belén Hernández Morales, y debo declarar y declaro no haber lugar a lo solicitado y todo ello sin hacer imposición en cuanto a costas."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de los actores, siéndole admitido, presentado escrito de oposición la representación procesal de la mercantil demandada Marzabal S.L., siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose en esta alzada ambas partes y señalándose Deliberación y Votación para el día diez de Septiembre de de 2.007.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que en el recurso de apelación se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime la demanda, pues las fincas a que se refiere la demanda tienen naturaleza de urbanas, destinadas desde tiempo inmemorial a viviendas; se refieren los certificado de empadronamientos aportados con la demanda; la atribución tributaria que les hace a los recurrentes el Excmo. Ayuntamiento de Murcia; la obtención de una licencia...

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