SAP Girona 284/2004, 24 de Septiembre de 2004

PonenteFERNANDO LACABA SANCHEZ
ECLIES:APGI:2004:1281
Número de Recurso268/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución284/2004
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 284/2004

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Don Fernando Ferrero Hidalgo

Don Carles Cruz Moratones

En Girona, a veinticuatro de Septiembre de dos mil cuatro.

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 268/2004, en el que ha sido parte apelante MABER 294, S.L., representada por el Procurador D. LLUIS MARTINEZ FERRER y dirigida por el Letrado D. EDUARD GALOBARDES JORBA; y como parte apelada D. Donato , representado por el Procurador D. MARTÍ REGÀS BECH DE CAREDA y dirigido por el Letrado D. IGNASI DE RIBOT DE BALLE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Girona (ant. CI-8), en los autos de Procedimiento Ordinario nº 542/2003 , seguidos a instancias de MABER 294, S.L., representada por el Procurador D. LLUIS MARTINEZ FERRER y bajo la dirección del Letrado D. EDUARD GALOBARDES JORBA, contra D. Donato , a su vez actor en reconvención, representado por el Procurador D. MARTÍ REGÀS BECH DE CAREDA, bajo la dirección del Letrado D. IGNASI DE RIBOT DE BALLE, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por MABER 294, S.L., representada por el Procurador Sr. Martínez y asistida del Letrado Sr.Galobardes contra D. Donato , representado por el Procurador Sr. Regàs y asistido del Letrado Sr. Ribot, debo absolver y absuelvo a éste de los pedimentos del escrito de demanda, con imposición de costas a la parte actora."

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 12 de Marzo de 2003 , se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. Fernando Lacaba Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la recurrida en tanto no se opongan a los ahora expuestos.

PRIMERO

Resultan hechos incontrovertidos y que son de interés para la solución del recurso los siguientes:

  1. La entidad actora MABER 294, S.L., en tanto que propietaria de una finca rústica sita en Sant Llorenç, Mas Can Gotarró, de Llagostera, arrendó la misma a D. Andrés , padre del demandado D. Donato en contrato de 29-09-1976, siendo objeto del mismo unas diez besanas de tierra de cultivo así como una casa manso que constituían un único objeto contractual. El arriendo se pactó por un año prorrogable según la LAR (pacto tercero), el arrendatario se obligaba a cultivar la tierra según el uso y costumbre de un buen labrador (pacto octavo) (Folio 211).

  2. Por demanda de fecha 15-10-1997 presentada por la propiedad frente al inquilino, se solicitó la resolución del "contrato de arrendamiento de derecho común o subsidiariamente rústico", recayendo Sentencia en primera instancia en fecha 06-05-1998 (folio 144) se estimó la misma y se declaró resuelto el contrato. Impugnada la misma esta Audiencia, en Sentencia de 09-11-1998 (folio 8) la revocó dejando, con ello, vigente el contrato.

  3. En fecha 4-9-2001, mediante conducto notarial se comunicó a la propiedad la subrogación en el arriendo del hijo del arrendatario aquí demandado-apelado D. Donato . (Folio 151). Dicha subrogación fue consentida al extenderse los recibos del arriendo a nombre del actual arrendatario-demandado. (Folios 198 a 200).

  4. Por demanda presentada el 12-11-2003, origen del presente recurso, la propietaria de la finca presenta demanda declarativa frente al actual arrendatario donde solicitaba una declaración de que el arriendo es de tipo industrial sometido a derecho común y por ello se pedía la resolución del mismo al no...

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