SAP Zaragoza 378/2006, 11 de Julio de 2006
Ponente | ROBERTO GARCIA MARTINEZ |
ECLI | ES:APZ:2006:1538 |
Número de Recurso | 231/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 378/2006 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚMERO: 378/06
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. FRANCISCO ACIN GARÓS
Magistrados:
Dª MARIA ELIA MATA ALBERT
D. ROBERTO GARCIA MARTINEZ
En ZARAGOZA, a once de Julio de dos mil seis.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 903/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN número 231/2006, en los que aparece como parte apelante RIOJA JARDIN, S.L., representada por el procurador Dª TERESA GARCIA ROMERO, y asistida por el Letrado D. IGNACIO BURRULL ULECIA, y como apelado PRINTING DIMENSION 2001, S.L. representada por el procurador D. MARIA BELEN GABIAN USIETO, y asistida por el Letrado D. VICTOR J. LAGUARDIA OBON; en cuyos autos con fecha 19 de Enero de 2006 .
Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Dª TERESA GARCIA ROMERO, en representación de RIOJA JARDIN, S.L. contra PRINTING DIMENSION 2001, S.L., representado por el Procurador Dª BELEN GABIAN USIETO, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones de la demanda contra ella entablada, con imposición de las costas a la actora".
Contra dicha Sentencia, la parte actora presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del quese dio traslado a la parte demandada, presentando dentro del término de emplazamiento escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.
No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 4 de Julio de 2006.
Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el artículo 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.
Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo/a. Sr/a Magistrado/s D./Dª ROBERTO GARCIA MARTINEZ.
Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada y,
La sociedad actora, que realizó como profesional determinados trabajos de jardinería en un chalet del municipio de La Muela, advierte en la sentencia recurrida que desestimó su pretensión un doble error. El primer error, en la apreciación de la prueba y, el segundo, en la aplicación del artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . También, afirma que ha actuado con la diligencia debida en la realización de los servicios contratados y prestados, cumpliendo con todas sus obligaciones contractuales.
Pues bien, comenzando por el error en la apreciación de la prueba, la información ofrecida por el informe pericial,...
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