SAP A Coruña 334/2002, 11 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2002:2522
Número de Recurso1260/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución334/2002
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

CORUÑA Nº 1.-Rollo: RECURSO DE APELACION 1260 /2002

FECHA DE REPART0 12-6-02.-SENTENCIA Nº 334

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS FERNÁNDEZ

En A CORUÑA, a once de Octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de Juicio MENOR CUANTIA Nº 795/00, sustanciado en el JUZGADO DE la INSTANCIA Nº 1 DSWE A CORUÑA, y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DON Luis Pablo , representado en primera instancia por el Procurador Sr. Graiño Ordoñez y con la dirección del Letrado Sr. Rodriguez Horta y de otra como DEMANDADOS Y APELADOS DON Inocencio , representado en primera instancia por el Procurador Sr. López Lojo y con la dirección del Letrado Sr. Vázquez Selés y Esteban , representado en primera instancia por el Procurador Sr. Bera Ruiz y con la dirección del Letrado Sr. Ajamil; versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE A CORUÑA, con fecha 21- 3-02. SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por DON Luis Pablo , condeno a DON Inocencio a pagar al actor por los servicios profesionales prestados la suma de 200.000 ptas, más el IVA correspondiente con el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución hasta el completo pago, sin costas. Se absuelve a DOÑA Esteban de las pretensiones ejercitadas. Se imponen al actor las costas causadas por la referida codemandada."

SEGUNDO

Contra la referida resolución por DEMANDANTE, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia para resolución.TERCERO.- Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS FERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia num. Uno de A Coruña, aprecia la excepción de falta de legitimación pasiva de Doña Esteban motivo por la que la absuelve, y estimando en parte la demanda condena a Don Inocencio a que pague al actor la cantidad de 200.000 pesetas, más el IVA correspondiente, en concepto de los honorarios de Letrado derivados de su actuación profesional respecto de determinada finca en el expediente administrativo de Revisión del Plan General de A Coruña, en fase de elaboración. Contra dicho pronunciamiento judicial recurre en apelación el demandante Don Luis Pablo , interesando la estimación integra de la demanda, la condena solidaria de los codemandados a que le abonen la cantidad de 13.920.139 pesetas por la prestación de los servicios encomendados.

SEGUNDO

En apoyo de su recurso reitera la legitimación pasiva de Doña Esteban , motivo que no puede ser estimado en...

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