SAP Santa Cruz de Tenerife 528/2000, 24 de Junio de 2000

PonenteMARIA LUISA SANTOS SANCHEZ
ECLIES:APTF:2000:1657
Número de Recurso1060/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución528/2000
Fecha de Resolución24 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA: 00528/2000

Rollo: COGNICION n° 1060 /1999

Autos: n° 558/98

Juzgado de 1ª Instancia n° Cuatro de Santa Cruz de Tenerife

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª MACARENA GÓNZALEZ DELGADO (Presidente por sustitución)

Dª. CARMEN PADILLA MÁRQUEZ

Dª. Mª LUISA SÁNTOS SÁNCHEZ (Ponente)

En SANTA CRUZ DE TENERIFE, a veinticuatro de Junio de dos mil.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° Cuatro de Santa Cruz de Tenerife, en autos de juicio de COGNICIÓN n° 558/98 , seguidos a instancias del Procurador D. Juan-Manuel Beautell López, en nombre y representación de D. Pedro Miguel contra Dª. Julia , representado por la Procurador a Dª. Carmen Guadalupe García y bajo la dirección del letrado D. Raimundo Ignacio Cova Barroso; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente sentencia, siendo Ponente la ya referida ILMA. SRA. Dª. Mª LUISA SÁNTOS SÁNCHEZ, Magistrada, de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha uno de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: Que estimando íntegramente la demanda formulada por D. Pedro Miguel contra Dª. Julia , debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento del que era titular D. Jose Luis , de fecha primero de Junio de mil novecientos setenta y siete, que tenía por objeto la vivienda sita en la RAMBLA000 número NUM000 , piso NUM001 de esta capital, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración y a desalojar la vivienda de referencia dentro de los plazos legalmente establecido, todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por formulado y fue admitido en ambos efectos y según lo establecido en el artículo 734 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , redacción dada por la Ley 10/92 de 30 de abril , se da traslado del mismo a la parte contraria por término de CINCO días, la cualpresentó impugnación, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Iltma. Magistrada Dª. Mª LUISA SÁNTOS SÁNCHEZ, señalándose para votación y Fallo el día cinco de Junio de dos mil.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Solicita la parte apelante, que ocupó la posición de demandada en la precedente instancia, la revocación de la sentencia y su absolución de la demanda, mediante la que se pretendía la declaración de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR