SAP León 135/2006, 7 de Julio de 2006
Ponente | MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APLE:2006:753 |
Número de Recurso | 250/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 135/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 3ª |
LUIS ADOLFO MALLO MALLO MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ MARIA DEL PILAR ROBLES GARCIA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LEON
SENTENCIA: 00135/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
LEON
Rollo Civil nº. 250/2005
Procedimiento Ordinario Nº. 828/2003
Juzgado de 1ª. Instancia nº. 1 de PONFERRADA
S E N T E N C I A Nº 135/06.
Iltmos. Sres.
Dº. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.-Presidente.
Dº. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ.-Magistrado.
Dª. MARIA DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrado.
En León, a siete de Julio de dos mil seis.
VISTO ante el Tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido apelante BERXHKA BSK ESPAÑA S.A., representada por la procuradora Dª. María-Jesús Tahoces Rodríguez y personado en esta alzada el procurador Dº. Javier Chamorro Rodríguez y dirigida por la letrada Dª. Maite Ribera Cortada, y apelada PROBIER, S.L., representada por el procurador Dº. Tadeo Moral Fernández y dirigida por el letrado Dº. Ramiro Hidalgo González, actuando como Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Dº. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ.
La Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª. Instancia nº. 1 de Ponferrada dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales Dº. Tadeo Morán Fernández, en nombre y representación de la entidad PROBIER S.L., debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento urbano objeto de litigio y debo condenar y condeno a la entidad BERSHKA BSK España S.A., Sociedad Unipersonal, a dejar libre y vacua la finca objeto de arrendamiento, bajo apercibimiento de que si no lo hace se procederá al lanzamiento y a reponer la finca al estado anterior a la realización de la obra que motiva la resolución del contrato; todo ello con imposición a la demandada de las costas procesales".
Contra la relacionada sentencia, que lleva fecha 5 de noviembre de 2004 , se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites se señaló el día 25 de abril del año en curso para deliberación.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar sentencia previsto en el art. 465-1 L.E.C. del 2.000 , de imposible cumplimiento debido a la acumulación de asuntos anteriores y preferentes pendientes en este tribunal.
A tenor de las alegaciones que BERSHKA BSK ESPAÑA, S.A. como apelante, y PROBIER, S.L. como apelada, vienen a referir en sus respectivos escritos al efecto. Y habiendo procedido esta Sala, en la nueva valoración a llevarse a cabo en esta segunda instancia con plenitud de jurisdicción, a efectuar un nuevo análisis de las actuaciones procedimentales y resultado pruebas practicadas en las mismas.
Tras su valoración en conjunto y de forma ponderada, se viene ahora a coincidir con el mismo criterio resolutivo al que llegó el Juez "a quo" en su sentencia respecto a la cuestión ahora planteada por el recurrente como fundamento de su recurso. Y concretada dicha cuestión, en síntesis, a que la ahora llevada a cabo por apelante, en su condición de arrendataria, consistente en el derribo de la pared divisoria existente entre el local propiedad de la actora-arrendataria, y otro colindante de un tercero, si hay que entenderla autorizada a tenor del contenido de las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba