SAP Sevilla 661/2004, 20 de Diciembre de 2004

ECLIES:APSE:2004:4872
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución661/2004
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

ROLLO: 7190/04

PONENTE: RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

JUZGADO: SEVILLA 14

ASUNTO: ORDINARIO

FALLO

REVOCA

SENTENCIA NÚM. 661

ILTMOS. SRES.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

En Sevilla, a veinte de Diciembre de dos mil cuatro.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 126/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Catorce de Sevilla, promovidos por Don Juan Enrique contra Doña Ángeles ; sobre resolución de contrato; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por las partes contra la sentencia en los mismos dictada en veinticuatro de junio de dos mil cuatro.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimando la demanda deducida por el Procurador D. Ignacio Espejo Ruiz, en representación de Don Juan Enrique , contra Doña Ángeles , representada por el Procurador Doña Pilar Carrero García, sobre resolución del contrato de arrendamiento urbano de vivienda por necesidad, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a la demandada de los pedimentos de la parte actora, y sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes."

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día nueve de diciembre de dos mil cuatro, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el recurso del actor en petición de resolución de contrato de arrendamiento de finca urbana por causa de necesidad, lo que ha sido denegado en la instancia, y el mismo debe prosperar en atención a lo siguiente.

Ha quedado acreditado tanto el arrendamiento de la vivienda en 1975 -folio 15- con la subrogación, tras el fallecimiento del arrendatario, de su cónyuge Dª. Ángeles , aquí demandada, como la propiedad de aquella por el actor por herencia de su padre -folio 14-.

También, que D. Juan Enrique se encuentra viviendo desde su matrimonio en 1.989 en la vivienda de sus suegros sita en Bollullos de la Mitación -folio 18- en compañía con los mismos y otro familiar lo que supone la convivencia de ambas familias -folio 21- en dicha casa de sesenta metros cuadrados construidos -folio 19-.

Asímismo, el Sr. Juan Enrique , que trabaja en ICEX, Plaza de España, Sevilla -folio 22-, tiene en Sevilla un local comercial con dos hermanos -folio 24- y la vivienda, cuya denegación de prorroga forzosa pretende por causa de necesidad y para ocuparla...

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