SAP Madrid 519/2006, 10 de Noviembre de 2006

PonenteEPIFANIO LEGIDO LOPEZ
ECLIES:APM:2006:16347
Número de Recurso649/2006
Número de Resolución519/2006
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00519/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7023299 /2006

ROLLO: RECURSO DE APELACION 649/2006

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 313/2003

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 34 de MADRID

Apelante/s: Pilar

Procurador: VALENTIN GANUZA FERREO

Apelado/s: MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA. Pedro Francisco

Procurador: JULIAN CABALLERO AGUADO.

SENTENCIA Nº 519

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, diez de noviembre de dos mil seis.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario (213/2003), provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 34 de Madrid y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 649/2006, en el que han sido partes, como apelante-demandante, Dª Pilar, que estuvo representada por el Procurador Sr. Ganuza Férreo; y de otra, como apelada-demandada, Mapfre Mutualidad de Seguros, que vino al litigio representada por el Procurador Sr. Caballero, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado. Fue también demandado-apelado, aún cuando no compareció en primera y segunda instancia, D. Pedro Francisco.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 26-01-2005 el Juzgado de 1ª Instancia nº 34 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimada la demanda promovida por el Procurador D. Valentín Ganuza Férreo, en representación de Dª Pilar, absuelvo a los demandados; la entidad Mapfre Mutualidad y D. Pedro Francisco, de la pretensiones en su contra formuladas, sin imposición de las costas de este procedimiento".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Dª Pilar, que formalizó adecuadamente (folios 138 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo (escrito de Mapfre unido a los folios 150 y siguientes), remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 10-10-2006, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el seis de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

Dª Pilar, a través de su representación procesal, formuló demanda frente a D. Pedro Francisco y Mapfre Mutualidad de Seguros, reclamando la cantidad de 3.074,72 € a que ascendían los daños producidos en el vehículo propiedad de la primera F-....-FC y que habían sido causados, en tesis de la demandante y según reseña el escrito rector del proceso, por el también vehículo BMW X-....-MX, conducido por el Sr. Pedro Francisco, y asegurado en Mapfre Mutualidad de Seguros. El Juzgador de instancia, tras valorar la prueba desde las reglas de la sana crítica, desestimó la demanda, teniendo en cuenta como datos esenciales los siguientes: a.- la amistad existente entre la demandante y el demandado Sr. Pedro Francisco ; b.- el hecho de que fuesen los dos conduciendo sus respectivos vehículos para que el Sr. Pedro Francisco pudiese revisar, en el...

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