SAP Baleares 99/2007, 25 de Septiembre de 2007

PonenteMARGARITA BELTRAN MAIRATA
ECLIES:APIB:2007:1532
Número de Recurso96/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución99/2007
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Sección nº 001

Rollo de Procedimiento Ordinario 96 /2006

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 11 de PALMA DE MALLORCA

Proc. Origen: SUMARIO (PROC.ORDINARIO) nº 0000006 /2006

SENTENCIA núm. 99/2007

S.S. Ilmas.

DOÑA MARGARITA BELTRÁN MAIRATA

DON MIGUEL ÁNGEL ARBONA FEMENIA

DOÑA CRISTINA DÍAZ SASTRE

En PALMA DE MALLORCA, a veinticinco de septiembre de dos mil siete.

VISTO por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número Sumario 6/06, procedente del Juzgado de JDO. INSTRUCCION nº 11 de Palma de Mallorca y seguida por el trámite de Procedimiento Ordinario, Rollo nº 96/ 2006 por el delito de Homicidio en grado de Tentativa, contra Evaristo, con pasaporte británico número NUM000, nacido el 15 de abril de 1988 en Liverpool, hijo de Andrew y de Donna; sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en prisión provisional por esta causa, estando representado por la Procuradora Dª Magdalena Quart Janer y defendido por el Letrado Don Gabriel Garcías, siendo parte la Acusación Particular de Antonio, representado por el Procurador José Francisco Bujosa Socias y defendido por el Letrado Francisco Javier Oleaga, y el Ministerio Fiscal, y Ponente, que expresa el parecer de este Tribunal, la Magistrada Ilma. Sra. Doña MARGARITA BELTRÁN MAIRATA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. / El presente sumario se incoó a raíz de atestado instruido por la G. Civil de Palmanova, por hechos indiciariamente constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa., que determinaron la detención de Evaristo. Investigados judicialmente, por Auto de 17 de octubre de 2006 se decretó su procesamiento, y concluso que fue el Sumario, se elevó a esta Ilma. A. Provincial, se aperturó el Juicio Oral y el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular formularon sus respectivas calificaciones provisionales, mediante escritos fechados el 9 y 20 de febrero de 2007 respectivamente; la defensa calificó mediante escrito datado el 5 de marzo de 2.007. Admitidas que fueron las pruebas que se estimaron oportunas, tuvo lugar el acto de juicio oral el pasado día 20 de septiembre, con el resultado que es de ver en Acta.

  2. / El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos enjuiciados como constitutivos de un delito de lesiones previsto y penado en los arts. 147 y 148.1º del C. Penal ; estimó autor de los mismos al procesado Evaristo, sin circunstancias modificativas, e interesó la imposición de la pena de 3 años de prisión; prohición de acercarse a menos de 2 km del domicilio, puesto de trabajo y lugares conocidos de esparcimiento de Antonio, así como de comunicarse con el mismo por cualquier medio; indemnización a favor del anterior en la cantidad de 660 euros por los días en que tardó en curar; 10.000 euros por las secuelas y 2.653,50 euros por gastos de asistencia sanitaria, así como al pago de las costas procesales.

  3. / La Acusación Particular en igual trámite, concordó la calificación jurídica y penas interesadas por el Ministerio Fiscal, solicitando una indemnización conjunta de 108.209,17 euros ( 371,82 euros por 6 días hospitalarios; 302,10 euros por 6 días impeditivos; 74.881,75 euros por perjuicio estético; 2.653,50 euros por gastos hospitalarios y 30.000 euros por daño moral), así como el pago de las costas, incluidas las devengadas por la Ac. Particular.

  4. / La defensa, en igual trámite, concordó la calificación jurídica de los hechos y la pena, dejando al criterio de la Sala el importe de la responsabilidad civil a imponer a su patrocinado.

En atención a las pruebas practicadas, procede declarar que en fecha 22 de julio de...

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