SAP Barcelona, 22 de Junio de 2000

PonenteJOSE LUIS CONCEPCION RODRIGUEZ
ECLIES:APB:2000:8259
Número de Recurso460/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución22 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOSE RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL

Dª. MARTA RALLO AYEZCUREN

D. JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a veintidós de junio de dos mil.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Menor cuantía, número 143/96 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vilanova i la Geltrú , a instancia de D. Esteban , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Anna Camps Herreros y asistido de su letrada Dª. Nuria Garros Ribera, contra EL CLUB DE TENIS SITGES, representado por la Procuradora de los Tribunales D. Merce Pijoan Badía y asistida de su letrado

D. Juan Manuel Menéndez Tirado; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de recurso apelación interpuesto por el demandante contra la sentencia dictada en los mismos el día 13 de febrero de 1.998, por la Sra. Juez de dicho Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "FALLO: "Que desestimando íntegramente la demanda de juicio de menor Cuantía formulada por D. Esteban , debo acordar y acuerdo la validez de la convocatoria y de la Asamblea General Extraordinaria del Club de tenis Sitges de fecha 14 de marzo de 1.996 en segunda convocatoria, condenando asimismo a la imposición de las costas causadas a la parte instante del presente procedimiento D. Esteban ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso dé apelación por la representación procesal de D. Esteban y, admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 21 de junio de 2.000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor, que había impugnado la validez del llamamiento a la Asamblea General Extraordinaria a celebrar el día 14 de marzo de 1996 en primera convocatoria o el 15 de dicho mes y año en segunda en el Club demandado (en el que ostenta la condición de asociado), por entender existente una patente falta de capacidad en el Presidente del mismo para llevar a cabo la misma, por, no haber sido convocados todos los asociados y por haberse quebrado el necesario derecho de información que asiste a los asociados, impugna la sentencia que desestima en...

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