SAP Madrid, 18 de Febrero de 2002

PonenteRAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON
ECLIES:APM:2002:2395
Número de Recurso594/1999
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil dos.

La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante, Faccontrol, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Loreto Outeiriño Lago, y defendida por el Letrado D. Juan Pablo De La Fuente Fernández; y, de otra, como demandada-apelada, Voz de Galicia Radio, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Santos De Gandarillas Carmona, y defendida por el Letrado D. Francisco Ameijeiras Castro; seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Ramón Fernando Rodríguez Jackson .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid, en fecha 16 de abril de 1.999, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la mercantil Faccontrol, S.L., en reclamación de cantidad, contra la empresa Voz de Galicia, S.A., a la que absuelvo de todos los pedimentos de la demanda.- Todo ello con imposición de costas a la actora.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que han comparecido las partes litigantes, sustanciándose por sus trámites legales.

Después de la Vista, en la que se dio cumplimiento a lo previsto en el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, haciéndose saber a las partes la modificación de la composición del Tribunal, se pospuso la Votación hasta que transcurrió el plazo establecido en el artículo 327 de dicha Ley procesal.

TERCERO

La vista pública tuvo lugar con la asistencia de las representaciones de las partes, que solicitaron la revocación y la confirmación, respectivamente, de la sentencia impugnada.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte apelante FACCONTROL, S.L., se alegan, como motivo de recurso, infracción de los artículos 1.113 y 1.256 del Código Civil y 56 del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos aprobado por Decreto 4104/1964, de 24 de Diciembre, por entender que el Juez "aquo" resuelve exclusivamente en atención a la cláusula primera del contrato y que la misma no contiene una condición resolutoria; que la entidad demandada no puede alegar ignorancia de las Ordenanzas Municipales de Madrid; que los motivos particulares del arrendatario no pueden elevarse a la categoría de causa del contrato y que el contrato tenía estipulada una duración de tres años, cuyo cumplimiento no...

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