SAP Málaga 111/2008, 25 de Febrero de 2008

PonenteMANUEL TORRES VELA
ECLIES:APMA:2008:462
Número de Recurso452/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución111/2008
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 111

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

D.ALEJANDRO MARTIN DELGADO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº2 DE MÁLAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 452/2007

JUICIO Nº 892/2006

En la Ciudad de Málaga a veinticinco de febrero de dos mil ocho.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Juan Luis y Inés que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. ENRIQUE CARRION MAPELLI y defendido por el Letrado D. MIGUEL GARCIA LOPEZ. Es parte recurrida BENALVACATION CLUB S.L. que está representado por el Procurador D. SABORIDO DIAZ, MARIA DEL CARMEN y defendido por el Letrado D. CONCEPCION RIVERA SILES, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 10/01/07 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la demanda interpuesta por la parte actora, debo absolver y absuelvo a la entidad BENALVACATION CLUB S.L de la pretensión planteada contra la misma. Respecto a las costas, procede condenar a su pago a los actores DON Juan Luis y DOÑA Inés.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 20/02/08 quedando visto para sentencia.TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL TORRES VELA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda origen de este procedimiento, por entender que el compromiso adquirido por la entidad REMUSOL para la reventa del paquete vacacional objeto de compraventa no obligaba a la entidad demandada, se alza el presente recurso de apelación, que en síntesis se sustenta en que el juzgador de instancia apreció erroneamente la prueba practicada, ya que consta acreditado que el Sr. Lucio, que suscribió la obligación de reventa, trabajaba para la empresa demandada, y porque el representante de ésta Sr. Luis María, que le remitió a su representado los doc nº 11 y 12 de la demanda, acreditan igualmente la realidad del pacto de reventa que pretendían anular con las propuestas de contrato a que se refieren dichos documentos.

Asi mismo se invoca infracción del art. 1091 y concordantes del CC , por cuanto el recurrente cumplió con su obligación de abono del precio pactado y la demandada no asumió la suya...

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