SAP Sevilla 596/2003, 18 de Noviembre de 2003
ECLI | ES:APSE:2003:4134 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 596/2003 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª |
ROLLO: 5490/03J
PONENTE: MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
JUZGADO: CORIA DEL RIO 1
ASUNTO: VERBAL
FALLO
REVOCATORIO
SENTENCIA NÚM. 596
ILTMOS. SRES.
DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
DON MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS
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En Sevilla, a dieciocho de Noviembre de dos mil tres.
VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio monitorio nº 522/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Coria del Río, promovidos por Sociedad General de Autores y Editores contra Antonio ; sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado, contra la sentencia en los mismos dictada en 14 de Mayo de 2.003.
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimando totalmente la oposición formulada por la procuradora doña Elena Veloso Palma, en nombre y representación de D. Antonio frente a la petición inicial presentada por el Procurador D. Juan José Barrios Sánchez, en nombre y representación de la sociedad general de autores y editores, por lo que debo condenar y condeno al deudor a pagar la cantidad de 752,88 euros mas intereses legales.- Las costas se imponen a la parte oponente.
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de fecha 5 de Noviembre de 2.003, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 13 de Noviembre de 2.003, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA.
UNICO: la sentencia recurrida condena al demandado al pago de la cuota derivada del contrato suscrito con la Sociedad General de Autores por los derechos de difusión en su establecimiento comercial, basando tal condena en el concepto de factor notorio, porque el contrato fue suscrito con el demandado personalmente...
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