SAP Murcia 298/2004, 19 de Octubre de 2004
Ponente | JAIME GIMENEZ LLAMAS |
ECLI | ES:APMU:2004:2190 |
Número de Recurso | 540/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 298/2004 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM. 298/2.004
ILMOS. SRES.
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
PRESIDENTE
D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA
D. JAIME GIMÉNEZ LLAMAS
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia, a diecinueve octubre del año dos mil cuatro.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Separación Contenciosa número 200/03, que en primera instancia se ha seguido en el Juzgado Civil número Uno de Caravaca de la Cruz , entre las partes, como actora y ahora apelante, doña Flora representada por el Procurador Sr. Díaz Morales y defendida por el Letrado Sr. Calmache Alcaraz, y como demandado y ahora apelado D. don Gabriel , representado por el Procurador Sr. Hurtado López y defendido por el Letrado Sr. Ruiz Hernández. El Ministerio Fiscal intervino en calidad de apelado. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don JAIME GIMÉNEZ LLAMAS que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado con fecha 30/07/03, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia de cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por doña Flora , debo declarar y declaro la separación de ambos cónyuges, con todos los efectos legales y, en especial, los señalados en el fundamento de derecho segundo de esta sentencia".
Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandante recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.
La parte apelada, solicitó la revocación de la sentencia apelada, alegando falta de personalidad en el Procurador de la actora y que no se dan las circunstancias precisa para la separación de los cónyuges
Por el Ministerio Fiscal, se solicitó respecto de la cuestión planteada por doña Flora , la admisión de la misma y respecto de la apelación de D. Gabriel , interese igualmente su admisión.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 540/03 de Rollo. Tras personarse las partes, por providenciadel día 28 de junio de 2.004, se señaló el día 28/09/04, para la celebración de vista de la causa, tras la cual fue sometida a deliberación de la Sala.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Por la representación de doña Flora , se solicita la revocación de la sentencia de instancia, en todo lo que no se haya recogido en la misma, respecto de lo solicitado en el escrito de demanda; y vistos una y otro, el único objeto de la apelación, es la modificación del régimen de visitas a favor de la madre, pues todos su demás pedimentos fueron aceptados por la sentencia.
Por la representación de don Gabriel , se solicita la revocación de la sentencia por no haber motivo de separación personal de los cónyuges, alegando, además, la falta de personalidad del Procurador, la atribución de la custodia a la madre, subsidiariamente y...
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