AAP Zaragoza 189/2004, 26 de Marzo de 2004
Ponente | Carmen Bayod López |
ECLI | ES:APZ:2004:490A |
Número de Recurso | 661/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 189/2004 |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
D. José J. Solchaga LoiteguiD. Javier Seoane PradoDª. Dª. Carmen Bayod López
AUTO NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. José J. Solchaga Loitegui
Magistrados:
D. Javier Seoane Prado
Dª Carmen Bayod López
En la Ciudad de Zaragoza a veintiséis de marzo de dos mil cuatro.
En nombre de S.M. el Rey
Visto por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra el auto de medidas cautelares acordado "inaudita parte" en fecha 10 de septiembre de 2004 por el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Zaragoza, en autos de pieza separada de medidas cautelares ordinario seguidos con el número 1197/2002, de que dimana el presente rollo de apelación núm. 661/03 en el que han sido partes, apelante, la parte demandante, CONSERVAS CARCAR S.A, representada por el Procurador Sr. D. Mariano Aznar Peribañez y asistido por el Letrado Sr. D. Guillermo Aguillaume Gandasegui, en los referidos autos que se siguen frente a D. Rafael , SEAFOOD & DRINKS, SL. y Dña. Mónica .
Ha sido ponente la Ilma Sra. Magistrado Suplente Dña. Carmen Bayod López, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
El anterior Auto de 10 de septiembre de 2003 contiene la parte dispositiva siguiente:
"Estimando totalmente la pretensión formulada por el procurador Sr. D/Dña. MARIANO AZNAR PERIBAÑEZ en nombre y representación de CONSERVAS CARACAR S.A. contra Rafael , Mónica , se acuerdan la/s siguiente/es medida/s cautelar/es: anotación de la demanda presentada y de la ampliación de la misma, previa caución que deberá prestar el solicitante en la cantidad que prudencialmente se fija de SEIS MIL EUROS (6000 euros), que en cualquiera de las formas previstas en el art. 529.3 LEC".
Notificada dicho Auto, al representación procesal del incoante de las medidas, CONSERVAS CARCAR S.A., interpuso en tiempo y forma contra el misma recurso de apelación, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo núm. 661/2003, sin celebración de Vista, se señaló para la deliberación y votación el día 23 de octubre de 2003 en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
La parte actora y solicitante de estas medidas recurre las mismas en parte por considerar que la caución solicitada 6000 euros es excesiva en relación con la medida solicitada, anotación preventiva demanda, puesto que según dice el incoante, la cantidad total reclamada es de...
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