SAP Murcia 253/2004, 21 de Septiembre de 2004
Ponente | JAIME GIMENEZ LLAMAS |
ECLI | ES:APMU:2004:1987 |
Número de Recurso | 383/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 253/2004 |
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 253/04
Ilmos. Sres.
D. Antonio Salas Carceller
Presidente
D. Álvaro Castaño Penalva
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a veintiuno de septiembre del año dos mil cuatro.
Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio declarativo ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Caravaca de la Cruz y seguidos ante el mismo con el nº 92/02 , Rollo nº 383/03, en los que figura como demandantes D. Agustín y doña Nieves , representados por el Procurador Sr. Hurtado López y defendidos por el Letrado Sr. Robles Moreno, y como demandados don Felipe y doña Carmela , representados por el Procurador Sr. González Rodríguez y defendidos por la Letrada Sra. Muñoz Martínez; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte contra la sentencia de fecha 7/05/04, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Jaime Giménez Llamas, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que estimando la demanda interpuesta por el Sr. Robles Pascual en nombre y representación de D. Agustín y Dª Nieves , debo declarar y declaro que el cerramiento realizado por los demandados D. Felipe y Dª Carmela , en la parte que excede de la vertical delimitada por la línea exterior de las terrazas de los pisos superiores invade elemento común del edificio, suponiendo una vulneración de los elementos comunes que vulnera los preceptos de la Ley de Propiedad Horizontal, al no haber sido consentida en la forma prevenida en la mencionada Ley, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a desmontar a su costa dicho tejadillo y a su cierre vertical en el excedente antes descrito, todo ello con expresa condena en costas a dicha parte".
Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandada recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 383/04 de Rollo. Tras personarse las partes, por providenciadel día 25/05/04 se señaló el día 6/07/04 para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la parte apelante se pretende la revocación de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que declara que el cerramiento efectuado por la parte demandada invade elementos comunes y que, al no ser consentido en la forma prevenida en la L. Propiedad Horizontal, procede desmontar el tejadillo y el cierre vertical en lo excedido respecto de la vertical delimitada por la...
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