SAP Barcelona 161/2008, 26 de Marzo de 2008
Ponente | INMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO |
ECLI | ES:APB:2008:1900 |
Número de Recurso | 511/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 161/2008 |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEXTA
ROLLO Nº 511/2007-B
JUICIO VERBAL NÚM. 1046/2006
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 25 BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 161/2008
Ilmos. Sres.
D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
Dª.INMACULADA ZAPATA CAMACHO
D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de marzo de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 1046/2006 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 25 de Barcelona, a instancia de D. Sebastián, contra Dª. Marí Luz ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21 de febrero de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales D. Alfredo Martínez Sánchez, en nombre y representación de D. Sebastián, debo ABSOLVER y ABSUELVO a Dª. Marí Luz y a "Catalana- Occidente, SA" de las pretensiones interpuestas en su contra, imponiendo el demandante las costas causadas en esta instancia.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 12 de marzo de 2008.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.
Frente al pronunciamiento íntegramente desestimatorio de la demanda origen de las presentes actuaciones contenido en la sentencia apelada se alza D. Sebastián insistiendo en que fue Dª Marí Luz la responsable del accidente de tráfico a raíz del cual se produjeron los daños en el vehículo propiedad del primero cuyo coste de reparación reclama, tesis que hemos de compartir.
En efecto, ante todo, se ha de poner de manifiesto que las declaraciones de los testigos aportados al juicio no son útiles para decidir la controversia. No sólo por la admitida relación de parentesco que les une con demandada sino sobre todo porque, como se apunta en la propia sentencia apelada, las insalvables contradicciones e incoherencias en que incurrieron les privan absolutamente de credibilidad. Falta de credibilidad que también apreciamos asimismo en la Sra. Marí Luz. Porque afirmó que al conductor contrario le afectaba una señal de stop situada en la calzada, cuando tal hecho fue desmentido por sus propios testigos y al pie de las fotografías que aportó al folio 52 consta la clara...
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