SAP Pontevedra 672/2007, 21 de Diciembre de 2007
Ponente | JAIME CARRERA IBARZABAL |
ECLI | ES:APPO:2007:3200 |
Número de Recurso | 3418/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 672/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00672/2007
Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO
Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387
Modelo: SEN00
N.I.G.: 36038 37 1 2006 0601013
ROLLO DE APELACIÓN: RECURSO DE APELACION (LECN) 0003418 /2006
Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de VIGO
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000570 /2005
APELANTE: Cristina
Procurador/a: EMILIO ALVAREZ BUCETA
Letrado/a: ANTONIO VAZQUEZ PORTOMEÑE
APELADO/A: CASER GRUPO ASEGURADOR, Jose Miguel Y Sonia
Procurador/a: MARIA DEL CARMEN VAZQUEZ CUETO
Letrado/a: CARLOS RIAL SUAREZ
LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.
Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JULIO PICATOSTE BOBILLO y DOÑA COVADONGA HORTAS ÁLVAREZ, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente
SENTENCIA NÚM.672/07
En Vigo (Pontevedra), a veintiuno de Diciembre de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, sede Vigo, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000570 /2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 0003418 /2006, es parte apelante-DEMANDANTE: Dª. Cristina, representado por el procurador D. EMILIO ALVAREZ BUCETA y asistido del Letrado D. ANTONIO VAZQUEZ PORTOMEÑE; y, apelado-DEMANDADO:" CASER GRUPO ASEGURADOR" representado por el procurador Dª. MARIA DEL CARMEN VAZQUEZ CUETO y asistido del Letrado D. CARLOS RIAL SUAREZ; Y DON Jose Miguel Y DOÑA Sonia en rebeldía procesal.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 7 de Vigo, con fecha 30-06-06, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:
"Que estimando en parte la demanda promovida por el procurador D. Emilio Álvarez Buceta en nombre y representación de doña Cristina frente a D. Jose Miguel, Compañía de seguros y reaseguros, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente a abonar a la actora la cantidad de 3.599,27 Euros más los intereses legales correspondientes que, respecto a la aseguradora, serán los establecidos en el art. 20 de la Ley de Contrato del Seguro, sin hacer pronunciamiento sobre las costas causadas."
Contra dicha Sentencia, por el Procurador Don Emilio Alvarez Buceta, en nombre y representación de DOÑA Cristina, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.
Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a la Audiencia Provincial de Pontevedra, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Sexta, sede Vigo, señalándose para la deliberación del presente recurso el día 22-12-07.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
La parte demandante ejercita la acción de responsabilidad extracontractual del art. 1902 del Código Civil y la específica del art. 1. 1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de Vehículos de Motor, según la redacción dada por la Disposición Adicional 8ª de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los Seguros Privados, a cuyo tenor, el conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba