SAP Pontevedra 672/2007, 21 de Diciembre de 2007

PonenteJAIME CARRERA IBARZABAL
ECLIES:APPO:2007:3200
Número de Recurso3418/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución672/2007
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00672/2007

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

Modelo: SEN00

N.I.G.: 36038 37 1 2006 0601013

ROLLO DE APELACIÓN: RECURSO DE APELACION (LECN) 0003418 /2006

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de VIGO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000570 /2005

APELANTE: Cristina

Procurador/a: EMILIO ALVAREZ BUCETA

Letrado/a: ANTONIO VAZQUEZ PORTOMEÑE

APELADO/A: CASER GRUPO ASEGURADOR, Jose Miguel Y Sonia

Procurador/a: MARIA DEL CARMEN VAZQUEZ CUETO

Letrado/a: CARLOS RIAL SUAREZ

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JULIO PICATOSTE BOBILLO y DOÑA COVADONGA HORTAS ÁLVAREZ, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA NÚM.672/07

En Vigo (Pontevedra), a veintiuno de Diciembre de dos mil siete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, sede Vigo, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000570 /2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 0003418 /2006, es parte apelante-DEMANDANTE: Dª. Cristina, representado por el procurador D. EMILIO ALVAREZ BUCETA y asistido del Letrado D. ANTONIO VAZQUEZ PORTOMEÑE; y, apelado-DEMANDADO:" CASER GRUPO ASEGURADOR" representado por el procurador Dª. MARIA DEL CARMEN VAZQUEZ CUETO y asistido del Letrado D. CARLOS RIAL SUAREZ; Y DON Jose Miguel Y DOÑA Sonia en rebeldía procesal.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 7 de Vigo, con fecha 30-06-06, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"Que estimando en parte la demanda promovida por el procurador D. Emilio Álvarez Buceta en nombre y representación de doña Cristina frente a D. Jose Miguel, Compañía de seguros y reaseguros, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente a abonar a la actora la cantidad de 3.599,27 Euros más los intereses legales correspondientes que, respecto a la aseguradora, serán los establecidos en el art. 20 de la Ley de Contrato del Seguro, sin hacer pronunciamiento sobre las costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Procurador Don Emilio Alvarez Buceta, en nombre y representación de DOÑA Cristina, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a la Audiencia Provincial de Pontevedra, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Sexta, sede Vigo, señalándose para la deliberación del presente recurso el día 22-12-07.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte demandante ejercita la acción de responsabilidad extracontractual del art. 1902 del Código Civil y la específica del art. 1. 1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de Vehículos de Motor, según la redacción dada por la Disposición Adicional 8ª de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los Seguros Privados, a cuyo tenor, el conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo...

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