AAP Madrid 361/2003, 3 de Julio de 2003

ECLIES:APM:2003:8059
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución361/2003
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Juicio de Faltas nº 514/01

Juzgado de Instrucción nº 2 de Majadahonda

Rollo de Sala nº 254/03

FABIÁ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, EN NOMBRE DE

S.M. EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 361/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Ilmo. Sr. de la Sección 4ª

D. Pascual Fabiá Mir

En Madrid, a tres de julio de dos mil tres

D. Pascual Fabiá Mir, Magistrado de la Sección IV de esta Audiencia Provincial, constituida como órgano unipersonal, en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia el recurso de apelación contra la sentencia de 4 de marzo de 2002, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Majadahonda, en su Juicio de Faltas nº 514/01, en el que han sido partes, de un lado, como apelantes, Jesús Manuel y Víctor , y, de otro lado, como apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción nº 2 de Majadahona, en el procedimiento citado, dictó sentencia, en la que se fijaron los siguientes hechos como probados: "Resulta probado y así se declara que el día 8 de Febrero de 2001, a las 21: 38 horas, el denunciado D. Jesús Manuel circulaba con el ciclomotor propiedad de otro denunciado D. Víctor con matrícula W-....-CWN , cuando fue requerido por el Policía Municipal NUM000 para la exhibición de la documentación necesaria para poder circular; que el denunciado carecía del seguro obligatorio que la ley exige, por lo que se procedió por parte de la Policía Municipal a la formalización de la pertinente denuncia". Su parte dispositiva establecía: "FALLO: Condeno a D. Jesús Manuel como autor criminalmente responsable de una falta contra el orden público, a una pena de 1 mes de multa, a razón de 6 euros diarios, lo que supone un total de 180 euros, los cuales deberán ser abonados de una sola vez, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago una vez acreditada su insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así mismo se le condena al pago de las costas del proceso. Condeno a D. Víctor como autor criminalmente responsable de una falta contra el orden público, a una pena de 1 mes de multa, a razón de 6 euros diarios, lo que supone un total de 180 euros, los cuales deberán ser abonados de una sola vez, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago una vez acreditada su insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así mismo se le condena al pago de las costas del proceso". SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes, Víctor y Jesús Manuel interpusieron recurso de apelación contra la...

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