SAP Alicante 32/2007, 23 de Enero de 2007

PonenteJULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS
ECLIES:APA:2007:259
Número de Recurso345/2006
Número de Resolución32/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

ROLLO DE APELACIÓN Nº 345/06

JUICIO DE FALTAS N 147/04

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N 3 DE SAN VICENTE DEL RASPEIG

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 32/07

En Alicante a 23 DE ENERO DE 2007

El Iltmo. Sr. D. Julio José Úbeda de los Cobos, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 04 de Julio de 2006, dictada por el Juzgado de Instrucción n 3 de San Vicente del Raspeig, en Juicio de Faltas nº 147/04, sobre Falta de coacciones, habiendo actuado como parte apelante Sergio y como parte apelada Luisa Y EL MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "Queda acreditado que el día 17-2-04 Dº Sergio formuló denuncia ante la Guardia Civil de esta localidad según la cual, en la referida fecha sobre las 9h. Luisa no permitió al podador que había sido contratado por el denunciante podar una palmera y un Ficus sitos en el camino de servidumbre que da paso a su finca, por lo que el podador tuvo que marcharse teniendo que abonar el Sr. Sergio a aquel 65 euros por desplazamiento según factura aportada.

Las actuaciones han estado paralizadas desde el 7-11-05 en que se dictó Sentencia por la Sección Tercera de la A.P. de Alicante por la que se declaraba la nulidad de la anterior Sentencia de fecha 24-1-05 así como del juicio retrotrayendo las actuaciones al momento anterior a su celebración, con presidencia de Juez distinto, hasta el 10-5-06 en que se dictó Providencia señalando nuevamente fecha para celebración de juicio"; HECHOS PROBADOS QUE NO SE ACEPTAN POR LAS RAZONES QUE SE REFLEJAN EN LA ARGUMENTACIÓN DE LA PRESENTE SENTENCIA.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "QUE ESTIMANDO LA CONCURRENCIA DE LA CAUSA DE EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL DE PRESCRIPCIÓN, declaro que debo absolver y absuelvo a Luisa de la falta de Coacciones que se le imputaba, declarándose de oficio las costas procesales causadas, con reserva de las acciones civiles al perjudicado para que pueda ejercitarlas ante la jurisdicción civil ordinaria si a su derecho conviene".

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por la representación de Sergio, se interpuso el presente recurso alegando: Infracción de precepto constitucional.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apelada/s - que interesó la confirmación de la sentencia impugnada - y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a formar el presente Rollo nº 345/06, en el que se dicta esta resolución.

QUINTO

En la sustantación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como primer motivo de recurso se solicita por el recurrente la nulidad del juicio y actuaciones posteriores por infracción por el órgano de instancia de su derecho de defensa.

En concreto se alega que en la Sentencia de...

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