SAP Madrid 504/2007, 12 de Noviembre de 2007

PonenteJOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
ECLIES:APM:2007:16574
Número de Recurso807/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución504/2007
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00504/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO 504/07

RECURSO DE APELACIÓN Nº 807/2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

En MADRID, a doce de noviembre de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Verbal nº 98/2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 807/2006, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada COLEGIO PROFESIONAL DE DELINEANTES Y DISEÑADORES TÉCNICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, representada por el Procurador D. Enrique Álvarez Vicario; y de otra, como demandado y hoy apelante D. Carlos Ramón, representado por la Procurador Dª. Susana Sánchez García; sobre reclamación de cuotas colegiales.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Madrid, en fecha uno de junio de dos mil seis, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que ESTIMANDO la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales DON ENRIQUE ALVAREZ VICARIO en representación del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de la Comunidad de Madrid, debo condenar y condeno a DON Carlos Ramón a abonar a la actora la suma de setecientos veinte euros con cincuenta céntimos (720,50), con el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda de Juicio Monitorio, con imposición de las costas a la parte demandada.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día ocho de noviembre del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han...

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