AAP Madrid 325/2005, 4 de Mayo de 2005
ECLI | ES:APM:2005:5083 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 325/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00325/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935
N.I.G. 28000 1 7006862 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 458 /2004
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1012 /2001
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 49 de MADRID
De: Jaime
Procurador: JUAN FRANCISCO RODRIGUEZ MARTIN
Contra: GRUPO CASTILLA PARA EL DESARROLLO DE LA HOSTELERIA EN LEVANTE, S.L.
Procurador: PABLO HORNEDO MUGUIRO
SOBRE: Reclamación de cantidad derivadas de reparaciones necesarias en la industria arrendada.
PONENTE: ILMO.SR. D. JOSE GONZALEZ OLLEROS
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE GONZALEZ OLLEROS
D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
Dª ANA Mª OLALLA CAMARERO
En MADRID , a cuatro de mayo de dos mil cinco .
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 1012/01, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 49 de de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandado apelante D. Jaime, representado por el Procurador D. Francisco Rodríguez Martín y defendido por Letrado, y de otra como apelado, demandante apelado FRUPO CASTILLA PARA EL DESARROLLO DE LA HOSTELERÍA EN LEVANTE, S.L., representado por el Procurador D. Pablo Hornedo Muguiro y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Juicio Ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. JOSE GONZALEZ OLLEROS .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº49 de los de Madrid, en fecha 25 de noviembre de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:" ESTIMO la demanda interpuesta por D/ña PABLO HORNEDO MUGUIRO en nombre y representación de D/ña GRUPO CASTILLA PARA EL DESARROLLO DE LA HOSTELERIA EN LEVANTE S.L. contra D/ña Jaime, debo condenar y condeno a que la parte demandada abone al actor la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS Y SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (8.497,64 euros), más intereses legales y costas del presente procedimiento".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 22 de febrero de 2.005, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 25 de abril del corriente.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la representación del apelante D. Jaime, demandado en primera instancia se interpone recurso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª inscia. nº 49 de Madrid con fecha 25 de Noviembre de 2.002, estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la actora y hoy apelada Grupo Castilla Para El Desarrollo de la Hostelería en Levante S.L., denunciando como motivos de apelación lo que no viene a ser otra cosa que error en la interpretación del contrato y en la apreciación de la prueba.
En el demanda iniciadora del procedimiento la actora hoy apelada, tras exponer que con fecha 29 de Julio de 1.999 arrendó al demandado el local comercial y la industria de cafetería existente en el mismo propiedad del demandado, pactando expresamente que era obligación del propietario la entrega de todas las instalaciones, útiles y enseres en perfectas condiciones de uso, por lo que habiendo tenido que realizar en el local arrendado obras consistentes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba