SAP Madrid 214/2003, 20 de Octubre de 2003

PonenteMANUEL GUTIERREZ SANCHEZ-CARO
ECLIES:APM:2003:14162
Número de Recurso189/2003
Número de Resolución214/2003
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ-CAROJUAN MANUEL DE LA CRUZ MORAALFONSO CARRION MATAMOROS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25 BIS

MADRID

SENTENCIA: 00214/2003

Fecha: 20 de Octubre de 2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 189 /2003

Ponente: D. MANUEL GUTIERREZ SÁNCHEZ CARO.

Apelante: EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS FUNERARIOS DE MADRID, S.A.

PROCURADOR: JOSÉ PEDRO VILA RODRIGUEZ

Apelado: SERVICIOS FUNERARIOS EL CARMEN, S.A. (GRUPO SEGYRESA)

PROCURADOR: LUIS PIDAL ALLENDESALAZAR

Autos: 186/2001

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE NAVALCARNERO

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA

MANUEL GUTIERREZ SÁNCHEZ CARO

ALFONSO CARRION MATAMOROS

En MADRID , a veinte de octubre de dos mil tres .

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 - BIS de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 186 /2001 , procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de NAVALCARNERO , a los que ha correspondido el Rollo 189 /2003 , en los que aparece como parte apelante D./Dª. EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS FUNERARIOS DE MADRID S.A. representado por el/la Procurador/a D./Dª. JOSE PEDRO VILA RODRIGUEZ, y como apelado D./Dª SERVICIOS FUNERARIOS EL CARMEN S.A. representado por el/la Procurador/a D./Dª LUIS PIDAL ALLENDESALAZAR, sobre competencia desleal, y siendo Magistrado Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª MANUEL GUTIERREZ SÁNCHEZ CARO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hechos de la resolución recurrida.

PRIMERO

Que los autos originales núm. 186/2001, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de los de Navalcarnero, fueron remitidos a esta Sección Vigésimoquinta Bis de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por el/la Ilmo./a. Sr./a. D/Dª.Magistrado/a- Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Navalcarnero se dictó sentencia con fecha 23 de Octubre de 2001, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- ›Que estimando parcialmente la demanda formulada por EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS FUNERARIOS DE MADRID, S.A., contra SERVICIOS FUNERARIOS EL CARMEN, S.A. (GRUPO SEGYRESA), debo declarar y declaro actos de competencia desleal los servicios funerarios, consistentes en traslados desde el término municipal de Madrid a otros términos de su entorno, realizados durante el año 2000 por la entidad demandada, condenándola a que esté y pase por tal declaración y a que cese inmediatamente en el ejercicio de dichos actos con prohibición expresa de realizarlos en el futuro. No se hace especial condena en costas, debiendo cada parte satisfacer las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigésimoquinta Bis, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 13 de Octubre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Con la finalidad de centrar el recurso interpuesto, cabe significar que, liberalizados los servicios funerarios (antes existía un monopolio municipal), por el RDL 7/96, de 7.6, la entidad Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, S.A., interpuso en primera instancia acción de competencia desleal frente a Servicios Funerarios del Carmen S.A. (Grupo Segyresa), articulando su pretensión sobre la base de que la segunda, sin obtener las autorizaciones previas, estaba prestando masivamente servicios...

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