SAP Barcelona, 3 de Mayo de 2000

PonenteMARTA RALLO AYEZCUREN
ECLIES:APB:2000:5518
Número de Recurso1033/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

SENTENCIA

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL

Ilma. Sra. Dª. MARTA RALLO AYEZCUREN

Ilma. Sra. Dª MARIA DOLORS MONTOLÍO SERRA

Barcelona, 3 de mayo de 2000

VISTOS, en grado de apelación ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los

presentes autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía número 205/95, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número 41 de Barcelona , a instancia de THE WALT DISNEY COMPANY y BUENA VISTA HOME ENTERTAINMENT, SA, representadas por el procurador D.

Antonio de Anzizu Furest y dirigidas por el letrado D. Santiago de Nadal Arce, contra PROCOFIX DE PROMOCIONES COMERCIALES, S.L, representada por la procuradora Dª Rosa María

Hernández Almau y dirigida por la letrada Dª Mª Cruz Jiménez Rodrigo, en virtud de los recursos de

apelación interpuestos por las demandantes y la demandada contra la sentencia dictada en dichos autos el día 12 de mayo de 1997 por el expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por THE WALT DISNEY COMPANY y BUENA VISTA HOME ENTERTAINMENT (BVHE) contra PROCOFIX DE PROMOCIONES COMERCIALES, S.L, debo:

  1. Declarar que la reproducción del diseño del personaje Pinocho comercializado por la demandada constituye una infracción de los derechos de explotación exclusiva que posee THE WALT DISNEY COMPANY sobre dicho personaje.

  2. Declarar que la carátula del video Pinocho comercializado por la demandada constituye una reproducción cuasi servil de la carátula del vídeo Pinocho de Disney, constituyendo al mismo tiempo un actode competencia desleal y una infracción del derecho exclusivo que le corresponde sobre su obra.

  3. Condenar a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones.

  4. Condenar a la demandada a cesar en la comercialización del vídeo Pinocho con su actual carátula.

  5. Condenar a la inmediata retirada del tráfico económico de cuantos ejemplares existan de los videos Classic Animations, título Pinocho, con su actual carátula.

  6. Condenar a la demandada a la indemnización de los daños y perjuicios causados a las actoras, lo que se determinará en ejecución de la presente sentencia.

  7. Ordenar la publicación del Fallo de la sentencia condenatoria, a costa de la demandada, mediante la inserción de anuncios en tres de las principales revistas especializadas del sector videográfico.

  8. No procede imponer condena en costas, por lo que cada parte pagará las causadas a su instancia y las comunes lo serán por mitad."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpusieron recurso de apelación THE WALT DISNEY COMPANY, BUENA VISTA HOME ENTERTAINMENT, SA y PROCOFIX DE PROMOCIONES COMERCIALES, SL y, admitidos en ambos efectos, se remitieron los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes. Comparecidas las mismas, y solicitada la sustitución de la vista pública por informes escritos, la deliberación del tribunal tuvo lugar el día 14 de abril de 2000.

Ha sido ponente la magistrada Dª MARTA RALLO AYEZCUREN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

THE WALT DISNEY COMPANY y BUENA VISTA HOME ENTERTAINMENT, SA ejercitaron en la demanda acciones por competencia desleal y por infracción de propiedad intelectual contra PROCOFIX DE PROMOCIONES COMERCIALES, S.L.

Conviene relacionar las declaraciones que las demandantes solicitaron al Juzgado, en la medida que delimitan adecuadamente el contenido de las acciones ejercitadas en la demanda. Son las siguientes:

A.- Que la puesta a disposición del público en el mercado español por la demandada, de videos con el logotipo "CLASSIC ANIMATIONS" constituye un acto de competencia desleal, en cuanto es objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe, dada su idoneidad para crear confusión o cuando menos asociación respecto de los videos comercializados por los demandantes, con ánimo de aprovechamiento indebido en beneficio propio de la reputación de que gozan las compañías demandantes en el mercado.

B.- Que la reproducción del diseño del personaje de "Campanilla" creación original de THE WALT DISNEY COMPANY constituye una infracción de los derechos de explotación exclusiva que posee THE WALT DISNEY COMPANY sobre dicho personaje.

C.- Que la reproducción del diseño del personaje de "Pinocho" en la carátula del vídeo "Pinocho" comercializado por las demandada constituye una infracción de los derechos de explotación exclusiva que posee THE WALT DISNEY COMPANY sobre el diseño de tal personaje.

D.- Que la carátula del vídeo "Pinocho" comercializado por la demandada constituye una reproducción cuasi servil de la carátula del vídeo de "Pinocho" de Disney, constituyendo al mismo tiempo un acto de competencia desleal y una infracción del derecho exclusivo que le corresponde sobre su obra.

La sentencia del Juzgado estimó en parte la demanda y acogió las pretensiones -de declaración y de condena- relativas al diseño del personaje "Pinocho" y a la carátula del vídeo "Pinocho", mientras que desestimó las peticiones -de declaración y de condena- relativas al logotipo "CLASSIC ANIMATIONS" de la demandada y a la reproducción del diseño del personaje de "Campanilla".

El recurso de apelación de THE WALT DISNEY COMPANY y BUENA VISTA HOME ENTERTAINMENT, SA impugna la desestimación por el juez de primera instancia de las pretensiones enunciadas como A) y B) en la demanda y condenas derivadas.La apelación de PROCOFIX DE PROMOCIONES COMERCIALES, S.L persigue la revocación de todos los pronunciamientos de la sentencia estimatorios de la demanda.

SEGUNDO

Se examinarán las diversas cuestiones controvertidas por el orden en que son enunciadas en el escrito de demanda y son analizadas en la sentencia contra la que se recurre.

En primer lugar, por tanto, se enjuiciará si, como sostienen THE WALT DISNEY COMPANY y BUENA VISTA HOME ENTERTAINMENT, SA en la demanda y en el recurso de apelación, la puesta a disposición del público en el mercado español por la demandada, de videos con el logotipo "Classic Animations" constituye un acto de competencia desleal.

Sobre este punto cabe efectuar una puntualización de orden procesal. El principio dispositivo rector del proceso civil se extiende, en la actual legislación procesal -no en la Ley 1/2000- a la apreciación de la excepción de litispendencia, que, en su caso, debe ser propuesta por la parte demandada ( artículo 533.5ª de la vigente Ley de enjuiciamiento civil ). Por ello, con independencia de la opinión negativa que merezca el planteamiento de idéntica pretensión frente a idéntica demandada en una pluralidad de juicios, con perjuicio, entre otros principios, del de economía procesal, la cuestión debe ser de nuevo examinada por esta Sala a la luz de las alegaciones y de las pruebas del presente juicio.

TERCERO

La parte actora invoca en la demanda -y así aparece condensado en la misma formulación de la petición de declaración A) antes transcrita- los artículos 5, 6, 11.1, 11.2 y 12 de la Ley de competencia desleal . Alega que la distribución por la demandada de los videos con el logotipo "Classic Animations" es objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe; es idóneo para crear confusión o cuando menos asociación respecto de los videos comercializados por los demandantes; y denota un ánimo de aprovechamiento indebido en beneficio propio de la reputación de que gozan las compañías demandantes.

El logotipo referido puede observarse directamente en la carátula del vídeo "Pinocho" de PROCOFIX DE PROMOCIONES COMERCIALES, S.L aportado a las actuaciones y a través de las diversas fotocopias aportadas con la demanda de las carátulas de otros videos de la demandada ("Peter Pan", "20.000 leguas de viaje submarino", "La vuelta al mundo en ochenta días", "Las minas del Rey Salomón", "La isla del tesoro", "Alicia en el país de las maravillas", páginas 384 y siguientes).

La parte demandante, en su recurso de apelación, como en su demanda inicial, destaca los tres elementos del logotipo utilizado por la demandada que generan el riesgo de confusión denunciado: 1°) la denominación "CLASSIC ANIMATIONS"; 2°) el diseño de las letras que integran aquella denominación; y 3°) la utilización del diseño del personaje de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR