SAP Granada 705/2004, 13 de Diciembre de 2004

PonenteMOISES LAZUEN ALCON
ECLIES:APGR:2004:2531
Número de Recurso94/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución705/2004
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA NÚM. 705

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. ANTONIO MOLINA GARCÍA

MAGISTRADOS

D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN Y

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ.

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En la Ciudad de Granada a Trece de diciembre de 2004. La Sección Cuarta de esta Iltma.

Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación los precedentes autos de juicio Ordinario nº 1180/02, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de los de Granada , en virtud de demanda de D. Íñigo , representado en ésta apelación por la Procuradora Sra. Morcillo Casado; contra DARDANO PROMOCIONES S.L., representada en ésta apelación por el Procurador Sr. Leyva Muñoz y contra Dª Aurora Y D. Marcos , representados en ésta alzada por la Procuradora Sra. López del Moral.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en Tres de Octubre de 2.003 , contiene el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda formulada por la procuradora Sra. Dª Sofía Morcillo Casado, en nombre y representación de d. Íñigo , frente a Dárdano Promociones S.L., representado por el Procurador D. Antonio

M. Leyva Muñoz y frente a Dª Aurora y D. Marcos , representados por la Procuradora Dª Blanca López delMoral, debo absolver y absuelvo a los demandados de todos y cada uno de los pedimentos actores, con imposición de costas procesales a la actora".

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, se dio traslado a las demás partes para su oposición o impugnación, elevándose posteriormente las actuaciones a éste Tribunal señalándose día y hora para Votación y Fallo.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada en 3-10-03por el Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Granada, en autos de Juicio Ordinario 1180/02 , seguidos por demanda de D. Íñigo , frente a Dárdano Promociones S.L., y Dª Aurora y D. Marcos , sobre no resolución de contrato de compraventa, nulidad contractual e indemnización de daños y perjuicios, y resolución del nuevo contrato concertado entre Dárdano promociones S.L., y los codemandados, se formuló por el actor recurso de apelación que ha originado el Rollo 94/04 de ésta Sala, que resolvemos, señalando como datos de hecho a tomar en consideración: A) Las partes, actora y Dárdano Promociones S.L., suscribieron en 30-8-02, documento privado de compraventa de la vivienda descrita en el mismo, por precio de 153.258,09 € mas IVA a razón del 7% y fijando como forma de pago 125.010,52 € mediante subrogación en el préstamo hipotecario, y el resto en efectivo a la firma de la escritura de compraventa. B) Para la firma de la escritura, se fijó el día 12-9-02 a las 10 horas en la notaría de D. Mariano Parrizas. C) Se convino que pasada la expresada fecha el presente recibo, perderá toda eficacia jurídica, quedando la cantidad entregada como señal a favor de la sociedad vendedora, en concepto de cláusula...

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