SAP Huelva 110/2005, 8 de Junio de 2005

PonenteFRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS
ECLIES:APH:2005:603
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución110/2005
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCION SEGUNDA

N Procedimiento:Apelacin Civil 130/2005

Autos de: PROCED.ORDINARIO (N) 254/2004

Juzgado de origen: Juzgado de 1 Instancia e Instruccin 1 de Aracena

Negociado:

Apelante: Luis Andrs

Procurador: MANUEL NOGALES GARCIA

Abogado: JIMENEZ HERNANDEZ, MARIA VALMES

Apelado: Eugenio

Procurador: ANTONINO NUEZ ROMERO

Abogado: JUAN M. LOPEZ DE LEMUS

SENTENCIA N 110

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. FRANCISCO MARTIN MAZUELOS

MAGISTRADOS:

D.FLORENTINO G. RUIZ YAMUZA

D.ANDRES BODEGA DE VAL

En Huelva a 8 de Junio de 2.005.

La Seccin Segunda de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MARTIN MAZUELOS ha visto en grado de apelacin el juicio ordinario nm. 254/04 del Juzgado de Primera instancia nm. 1 de Aracena, en virtud de recurso interpuesto por el actor DON Luis Andrs, siendo parte apelada los demandados D. Eugenio y DOA Raquel, esta ltima declarada en rebelda.

ANTECEDENTES
  1. - Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

  2. - Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 15 de marzo de 2.005 se dict sentencia, cuya parte dispositiva dice as: "Que estimando en parte la demanda formulada por el Procurador D. Manuel Nogales Garcia, en nombre y representacin de D. Luis Andrs contra D. Eugenio y D. Raquel, debo declarar y declaro el derecho de D. Luis Andrs a retraer por el precio de 644.695,55 Euros las fincas registrales nmeros NUM000 y NUM001 del Registro de la Propiedad de Aracena inscrita al folio NUM002 y NUM003, respectivamente, tomo NUM004 y libreo NUM005, adquirida por D. Eugenio a D. Ildefonso y D. Carlos Manuel , condenando a los demandados a que en el plazo de treinta das otroguen escritura de subrogacin de sus derechos a favor del retrayente, bajo apercimiento de otorgarla de oficio de no verificrlo, siendo de cuenta del retrayente el reembolso al comprador del precio de la venta antes referido, de los gastos del contrato y cualquier otro pago legtimo hecho para la venta, consistentes en gastos notariales (ya consignados), gastos del corredor, honorarios de letrado y facturas del perito agrcola, ascendiendo a un total de 30.470,80 euros; todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales."

  3. - Contra la anterior se interpuso recurso de apelacin, que fue admitido y, dado traslado a las dems partes, fueron remitidos los autos a esta Audiencia...

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