SAP La Rioja 416/2002, 18 de Octubre de 2002

PonenteMARIA DEL CARMEN ARAUJO GARCIA
ECLIES:APLO:2002:701
Número de Recurso229/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución416/2002
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja

D. José Félix Mota BelloDª. Dª. Mª Mercedes Oliver AlbuerneDª. Dª. Carmen Araújo García

En Logroño, a dieciocho de octubre de dos mil dos.

La Ilma. Audiencia Provincial de La Rioja, presidida por el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Félix Mota Bello y compuesta además por las Ilmas. Sras. Magistrados Dª Mª Mercedes Oliver Albuerne y Dª Carmen Araújo García, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY, la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 416 DE 2002

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de cognición nº 479/00, rollo de apelación nº 229/2002, contra la sentencia de fecha 9 de enero de 2002, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Logroño, recurrida por la entidad mercantil "IMOSA 55 S.L." representada por el procurador Sr. Toledo Sobrón y asistida por la letrado Sra. Villaluenga Iturza; siendo apelado D. Juan María representado por la procuradora Sra. Zuazo Cereceda y asistido por el letrado Sr. Díez Dueñas; recurso en el que ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª Carmen Araújo García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 9 de enero de 2002, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Desestimo íntegramente la pretensión formulada por don José Toledo Sobrón en nombre y representación de IMOSA 55 S.L. contra don Juan María , absolviendo al demandado de todas las pretensiones formuladas en su contra.

Las costas derivadas de la demanda se imponen a IMOSA 55 S.L.".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandante, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 17 de octubre de 2002.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la actora reconvenida la sentencia de instancia alegando haber incurrido el Juez a quo en error en la valoración de la prueba, pretendiendo que el demandado en el escrito de contestación a la demanda expone que la demandante puso a su disposición los bienes que no recogió por que no se ajustaban a lo solicitado en la hoja de pedido, sin que haya acreditado el demandado tal divergencia; añade que el demandado no efectuó ninguna reclamación porque los materiales eran correctos y el demandado los recibió puntualmente y que el albarán aportado acredita la entrega y, concluye, que los bienes se pusieron a disposición del comprador y si se perdieron en su poder, el demandado ha de asumir la pérdida.

El demandado se opone al recurso y alega que nunca ha aceptado la puesta a su disposición de los bienes...

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