SAP Girona 353/2004, 30 de Junio de 2004

PonenteASUNCION CLARET CASTANY
ECLIES:APGI:2004:956
Número de Recurso252/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución353/2004
Fecha de Resolución30 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 2ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL JULIÁN COLLADO NUÑO

Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ

Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

En la ciudad de Barcelona, a treinta de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 553/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Barcelona , a instancia de ALUMINIUM CENTER, S.A., contra CAN ENSENYA, S.A.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 3 de Febrero de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimar la demanda, y condenar a CAN ENSENYA S.A.L. a pagar al actor la suma de 10.105,22 Euros, así como el interés legal en los términos señalados en los fundamentos desde el vencimiento de cada una de las facturas reclamadas, así como al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 9 de Junio de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia que estima íntegramente la demanda deducida por la mercantil ALUMINIUM CENTER, S.A. frente a CAN ENSENYA S.A.L. en reclamación de cantidad derivada de suministro de diverso material, antepechos de aluminio para las ventanas de la fachada de la obra efectuada en la C/Castor del Barrio de la Guineueta de Barcelona, y condena a esta última al pago de la suma reclamada de 10.105,22 euros, se alza la recurrente interesando la revocación en base a una errónea valoración de la prueba practicada, de la que resulta la procedencia de la compensación postulada por la entrega de cosa diversa a la pactada en el contrato al entregarse un aluminio con unas especificaciones de espesor inferior al pactado de 15 micras y por ende la aplicabilidad del plazo de prescripción quincenal.

SEGUNDO

Insiste de nuevo en esta alzada el recurrente en los mismos argumentos aducidos en la instancia; esto es la procedencia de la compensación judicial solicitada en base a los defectos de material de "aluminio" suministrado en el primer período al tener un espesor de anodizado las planchas de aluminio inferior al pactado, pues el pactado era de 15 micras y el material entregado lo fue entre 6.23 y 11.6 micras señalando se desestime la reclamación tras aplicar la compensación entre las facturas pagadas de importe

9.296,40 euros y las aquí reclamadas y adeudadas de importe 9.708,67 euros por los servicios irrogados a Can "Ensenya", al no haber podido cobrar las facturas. Incontrovertido resulta que la actora y demandada mantuvieran relaciones comerciales, derivado del suministro de planchas de aluminio por la primera a la segunda durante dos períodos: el primero, el relativo a las facturas emitidas del 31 de Julio de 2000 al 29 de Enero de 2001, resultando todas ellas pagadas a su vencimiento, por el material de aluminio entregado durante el período de 24 de julio de 2000 a 29 de enero de 2001; material de aluminio que resultó ser de un espesor de anodizado inferior al pactado de 15 micras, oscilando entre 6,23 y 11,06 micras; y el segundo período, comprensivo de las facturas que aquí se reclaman, emitidas desde el 2 de marzo de 2001 al 28...

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