SAP Badajoz 338/2000, 6 de Noviembre de 2000
Ponente | ENRIQUE MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA |
ECLI | ES:APBA:2000:1395 |
Número de Recurso | 229/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 338/2000 |
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 1ª |
SENTENCIA núm. 338/2000
Iltmos. Sres. Magistrados
D. Enrique Martínez Montero de Espinosa
D. Rafael Martínez de la Concha y Álvarez del Vayo
D. Matías Madrigal Martínez Pereda
En la población de BADAJOZ, a 6 de Noviembre de dos mil.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Juicio Declarativo Ordinario de Menor Cuantía núm. 9/97-; Recurso Civil núm. 229/98; Juzgado de Primera Instancia de Villanueva de la Serena -1*»], en virtud de demanda formulada por D. Fernando , representado por el Procurador de los Tribunales D_A MARÍA DEL PILAR MU_OZ FERNÁNDEZ, defendido por el letrado D. PEDRO CERRACÍN CA_AS, seguida contra D_A Flora y D. Carlos Manuel , representados por el Procurador de los Tribunales D PABLO CRESPO GUTIÉRREZ, defendidos por el Letrado D ANTONIO GIL TORESANO FRANCO, y contra
D. Matías , D_ Amelia Y D. David representados por el Procurador de los Tribunales D. MANUEL TORRES JIMÉNEZ, y asistidos del Letrado Sr ALONSO BLANCO, sobre NULIDAD DE CONTRATO.
«- ANTECEDENTES DE HECHO -»
En mencionados autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia de Villanueva de la Serena-1, se dicta sentencia de fecha 30/03/98 , la que contiene el siguiente:
FALLO: Desestimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Mu_oz Fernández, en representación de D. Fernando contra D_. Flora y contra D. Carlos Manuel , D. Matías , D_ Amelia y D. David , a quienes absuelvo de cuantas pretensiones fueran ejercitadas por el hoy actor en este procedimiento, todo ello con expresa imposición de costas procesales a la parte actora.
Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los dela resolución apelada.
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACIÓN por D. Fernando ; representado en esta alzada por el Procurador de los Tribunales Dña. INMACULADA GRIDILLA SANTAMARIA, defendido por el letrado D. PEDRO CERRACÍN CA_AS, admitido en ambos efectos, acordándose seguidamente remitir los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, compareciendo en la alzada a efectos de impugnación D_A Flora , D. Carlos Manuel y D. Matías , D_ Amelia Y D. David , representados por el Procurador de los Tribunales D_A FRANCISCA NIEVES GARCÍA, y defendidos respectivamente por el Letrado D. JULIO GIL TORESANO RIEGO ( que sustituyó en el acto de la vista a los Letrados Sres GIL TORESANO FRANCO, y ALONSO BLANCO ) todo lo que fue verificado y, llegados los autos a expresado Tribunal, se forma el rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 229/98, de Registro, dándole a la apelación el trámite oportuno, señalándose la vista de la misma, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes, en el modo y forma que reseña el Acta al efecto levantada, que informaron lo que estimaron por conveniente y, terminada aquélla, quedaron los autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.
Observadas las prescripciones legales de trámite.
VISTOS, siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Enrique Martínez Montero de Espinosa, que expresa el parecer unánime de la Sala.
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La representación procesal de la parte actora ejercitó en el presente procedimiento una acción declarativa tendente a obtener la declaración de nulidad o en su caso de inexistencia del...
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