SAP Barcelona 314/2005, 19 de Mayo de 2005

PonenteVICENTE CONCA PEREZ
ECLIES:APB:2005:5208
Número de Recurso817/2004
Número de Resolución314/2005
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

D. VICENTE CONCA PEREZDª. AMPARO RIERA FIOLD. MIREIA RIOS ENRICH

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CUARTA

ROLLO Nº 817/2004

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 117/2004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE VIC

S E N T E N C I A N ú m. 314/2005

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de mayo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 117/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vic, a instancia de D. Luis Manuel y D. Leonardo, contra Dª. Antonieta; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de Julio de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO la demanda de judici ordinari en exercici d'una acció de reclamació de quantitat presentada pel procurador Carles Arranz Albó, en representació de Luis Manuel i de Leonardo contra Antonieta i condemno a la demandada a que aboni els actors la quantitat de TRENTA MIL CINQUANTA EUROS AMB SEIXANTA-UN CÉNTIMS (30.050,61 euros), amb expressa imposició de costes a la demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 14 de Abril de 2005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICENTE CONCA PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor, D. Luis Manuel, ejercita acción en reclamación de 30.050,61 euros frente a la demandada Dª Antonieta, alegando: a) el 13.1.03 las partes suscribieron un documento de reserva de venta en relación con el local propiedad de la demandada, sita en Calldetenes, c/DIRECCION000, NUM000, en el que se preveía la suscripción de un futuro documento privado de compraventa, que después se elevaría a público, y respecto del cual se recogen ya diversas menciones; b) al firmar el documento de reserva de venta la actora entregó a la propietaria de la nave la cantidad antes dicha; c) la operación no pudo llevarse a cabo por no conseguir el adquirente los más de 600.000 euros que constituían el precio de la compraventa. En base a estos hechos, el actor pide la devolución de la señal dada.

La demandada se opone al pretensión del actor oponiendo: a) falta de legitimación del actor, en cuanto al 50% de la cantidad reclamada, ya que los 30.000 euros fueron entregados por el actor y su hermano Leonardo; b) en cuanto al fondo, nos encontramos ante una verdadera compraventa, ya que hubo acuerdo sobre la cosa y el precio; c) en cuanto a las cantidades entregadas a cuenta, se pactó que quedarían en poder de la vendedora como indemnización.

Como consecuencia de oposición referida a la legitimación del actor, y personado D. Leonardo en la audiencia previa como interesado en el proceso, la juez admite su personación y en sentencia estima la demanda en su integridad. En cuanto al fondo, la juez señala que son dos los temas a decidir: a) naturaleza del documento firmado el 13 de enero, y b) naturaleza del pago de 30.000 euros. En cuanto al primer extremo, entiende el juzgador que nos hallamos ante un contrato de promesa de venta, no ante una verdadera compraventa, y en cuanto a la naturaleza del pago de los 30.000 euros, valora que los mismos no pueden considerarse como indemnización por los perjuicios ocasionados a la vendedora, por no haberse acreditado los mismos.

SEGUNDO

Apelada la sentencia por la demandada, lo primero que cuestiona es la suerte de la excepción de falta de legitimación opuesta en su...

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