SAP Barcelona 607/2005, 27 de Octubre de 2005
Ponente | MARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ |
ECLI | ES:APB:2005:7196 |
Número de Recurso | 163/2005 |
Número de Resolución | 607/2005 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
SENTENCIA Nº 607
Barcelona, veintisiete de Octubre de dos mil cinco
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez
Maria del Carmen Vidal Martínez (Ponente)
Rosa María Agulló Berenguer
Rollo nº: 163-05
Pleito nº: Menor cuantía 10/1997
Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 50 BARCELONA
Objeto del juicio: Reclamación de cuotas comunitarias.
Motivo del recurso: Error en la valoración de la prueba.
Apelante: D. Augusto
Abogado: Sr. Armengol Ramos
Procurador: Sr. Acin Biota
Apelado: DIRECCION000 de Barcelona
Abogado: Sr. Acevedo Fernandez-Balbuena
Procurador: Sr. Castellanos Llauger
Apelado: Menures S.L.
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RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA:
En la demanda, presentada el día 2-1-1997 la Comunidad de Propietarios actora reclama la cantidad de 5.246.507 pesetas correspondiente a la liquidación comprendida entre el 1 de enero de 1992 y el 30 de septiembre de 1996. Dicho pago se pretende del actual propietario de las fincas (Menures S.L), que las adquirió el 10 julio de 1996, y del anterior propietario el Sr. Augusto .
Menures S.L. no fue localizada, practicándose finalmente su citación por edictos y siendo declarada en rebeldía.
En la contestación se alega por el Sr. Augusto que no ha vendido las fincas, y que si no ha pagado los gastos comunitarios ha sido debido a que la Comunidad no le ha convocado a las Juntas ni le ha reclamado cantidad alguna. Opone también la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demanda, litispendencia y falta de legitimación pasiva. La parte dispositiva de la sentencia recurrida, de fecha 13 de Noviembre de 2003, es del tenor literal siguiente: Estimo parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de la DIRECCION000 DE BARCELONA contra MENURES SL y D. Augusto, y desestimo las excepciones dilatorias opuestas por dicho demandado, debiendo condenar como condeno a la sociedad Menures, S. limitada a abonar los gastos comunitarios respecto de las cuatro entidades referidas de la finca de los demandantes, que se liquiden previamente, conforme al procedimiento incidental previsto en la Ley de enjuiciamiento civil, comprendidos en el período transcurrido entre el 10 de julio de 1996 y 30 de septiembre de 1996, inclusive, por el máximo antes referido reclamado por la comunidad, en su equivalente en euros. Asimismo, condeno al señor Augusto a abonar iguales gastos comunitarios de dichas cuatro fincas respecto del periodo comprendido en los años 1992, 1993, 1994, 1995 y hasta el diez de julio de 1996, igualmente previa dicha liquidación legal y límite máximo. Sin solidaridad entre los deudores por no coincidir su respectiva deuda temporalmente. Absuelvo a los demandados del resto de pronunciamientos de condena contenidos en el suplico actor, en especial los intereses legales desde la reclamación judicial. Es improcedente la especial imposición de costas, abonando cada parte las causadas a su instancia, y las comunes por mitad.
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CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN:
El recurrente argumenta que existe litispendencia ante la jurisdicción...
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