SAP Madrid 291/2006, 5 de Mayo de 2006

PonentePABLO QUECEDO ARACIL
ECLIES:APM:2006:5718
Número de Recurso618/2005
Número de Resolución291/2006
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

PABLO QUECEDO ARACILAMPARO CAMAZON LINACEROJUAN UCEDA OJEDA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00291/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 618 /2005

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

JUAN UCEDA OJEDA

En MADRID, a cinco de mayo de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 208 /2004, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 73 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 618 /2005, en los que aparece como parte apelante DIRECCION000 DE MADRID, y como apelado AEGON SEGUROS GENERALES, S.A., quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador D. ENRIQUE HERNANDEZ TABERNILLA, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO QUECEDO ARACIL .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 73 de Madrid, en fecha 1 de Diciembre de 2004 se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Enrique Hernández Tabernilla en nombre y representación de AEGON SEGUROS GENERALES, S.A. contra la DIRECCION000, 28003 Madrid, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 300,09 Euros de principal, más los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda. Se condena a la demandada al pago de las costas devengadas en este juicio."

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte DIRECCION000 DE MADRID, al que se opuso la parte apelada AEGON SEGUROS GENERALES, S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC , se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 26 de Abril de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

La comunidad de propietarios demandada se alza contra la sentencia de instancia, que la condenó a pagar a la compañía de seguros demandante la cantidad reclamada por subrogación de su asegurado. Opone un solo motivo en el que sustenta que según...

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