AAP Madrid 443/2003, 27 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:11715
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución443/2003
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 443

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO (ponente)

Inmaculada CLAUDIO MELERO

Carlos MARTIN MEIZOSO

Rollo P-322/2003

J. Oral 340/2003

Jzdo. Penal nº 26

En Madrid, a 27 de octubre de 2003.

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Jesús contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 26 de Madrid, el 21 de agosto de 2003, en la causa arriba referenciada.

El apelante estuvo asistido por la Letrada Dña. María Vivas Ordóñez.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Ha quedado debidamente probado y así se declara que: el acusado Jesús, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 16,25 horas del día 13 de agosto de 2003 conducía, previa ingestión de bebidas alcohólicas, el vehículo matrícula W-....-WF por la M-40 de Madrid, cuando al llegar a la altura de su punto kilométrico 14,500, al encontrarse afectado por el alcohol consumido perdió en control del vehículo, saliéndose de la vía y colisionando contra una bionda de protección a la que ocasionó desperfectos. Al hacer acto de presencia en la lugar una dotación de la Guardia Civil, se invitó al acusado a realizar la correspondiente prueba de alcoholemia, que se practicó con un etilómetro Drager 7110 y que arrojó un resultado de 0.65 y 0.60 mgr. de alcohol por litro de aire espirado. El acusado como síntomas externos presentaba notorio a distancia olor a alcohol en el aliento, ojos brillantes, pupilas dilatadas y deambular titubeante."

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Jesús, como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres meses de multa con una cuota diaria de 3 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de una día de privación de libertad por cada dos cuotas día impagadas, y a la privación del derecho a conducir vehículo de motor por el tiempo de una año y un día, y al pago de las costas causadas."

  2. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra absolutoria.

  3. El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.

    HECHOS PROBADOS

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.

    MOTIVACIÓN

    El grueso del recurso de la parte apelante se centra en argumentar que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR