AAP Madrid 312/2003, 19 de Septiembre de 2003

ECLIES:APM:2003:10098
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución312/2003
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

P. Abreviado nº 272/02

Jdo. de lo Penal nº 3 de Madrid

Rollo de Sala nº 104/03

Mª PILAR DE PRADA BENGOA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de

SU MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 312/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /

ILMOS SRES. SECCIÓN CUARTA /

PRESIDENTE

/

D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

/

MAGISTRADOS

/

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ /

Dª. Mª PILAR DE PRADA BENGOA /

En Madrid, a diecinueve de septiembre de dos mil tres.

VISTA en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el Procedimiento Abreviado nº 272/02, procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid, seguido de oficio por un delito de conducción temeraria, contra el acusado Emilio , conforme al procedimiento establecido en los arts. 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, venido a conocimiento de este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por la defensa del acusado, contra la sentencia dictada en fecha veintisiete de enero de dos mil tres; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso el Ministerio Fiscal, y dicho acusado, representado por la Procuradora Dª. Rosario Guijarro de Abia y defendido por el Letrado D. Ramón Gómez Ranger, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª PILAR DE PRADA BENGOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid, con fecha veintisiete de enero de dos mil tres, se dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen:

"UNICO.- El acusado Emilio , mayor de edad, y sin antecedentes penales, sobre las 14,30 horas del día 1 de julio de 2.000, conducía el vehículo Peugeot-Parnet, H-....-HX , propiedad de su esposa Alejandra , prescindiendo de las más elementales normas de cuidado y prudencia en la conducción, creando un peligro grave para los demás usuarios de la vía, saltándose dos semáforos en rojo para él situado en la Glorieta del intercambiador de Aluche, circulando a continuación en sentido contrario al permitido por la C/ Maqueda dirección a C/ Ocaña, provocando que varios conductores hicieran maniobras evasivas para evitar la colisión, llegando a la C/ Valmojado donde realizó un giro prohibido para tomar dicha calle dirección a la C/ Sepúlveda, siendo interceptado por una patrulla de la Policía Municipal en dicha C/ Valmojado a la altura del nº 255, que había presenciado la referida conducción.

Requerido el acusado para que se identificase por los Policías Municipales, que vestían uniforme reglamentario, se negó, comenzando a insultar a los policías con palabras "hijos de puta, ya vais a por mi", "no os voy a dar la documentación, hijos de puta, cabrones, venid a por mi, que ya me cargado a uno de vosotros y ahora os toca a vosotros", a la vez que hacía gestos amenazantes, levantando el puño a los agentes. Al ser informado de que iba a ser conducido a Comisaría, el acusado se puso más agresivo, quitándose la camiseta, diciendo que era experto en artes marciales e incitando a los policías a enfrentarse a él, siendo reducido por estos, entablándose un violento forcejeo, propinando el acusado en el curso del mismo una patada al Policía; Municipal 2215.9 en la mano derecha, resultando lesionado, siendo finalmente reducido.

Como consecuencia de los hechos relatados, el Policía Municipal 2215.9 en la mano derecha, resultando lesionado, sufriendo un esguince de muñeca, que curó con la primera asistencia facultativa a los 15 días con 11 días de incapacitación".

Y cuyo "FALLO" dice:

"En atención a lo expuesto, he acordado condenar a Emilio , como autor de las siguientes infracciones, sin que concurran circunstancias modificativas...

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