SAP Murcia 34/2002, 25 de Enero de 2002
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2002:240 |
Número de Recurso | 449/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 34/2002 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 34
Iltmos. Sres.:
D. Antonio Salas Carceller
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Andrés Pacheco Guevara
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a veinticinco de enero de dos mil dos.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cieza y seguidos ante el mismo con el nº 358/99, -rollo nº 449/2000-, en los que figura como demandante D. Matías , mayor de edad, casado, vecino de Cieza, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 , con D.N.I. nº NUM003 , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Vergara Para y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Gómez Morales, y dirigido por el Letrado Sr. Gómez Campos; y como demandada la mercantil Santa Lucía, S.A., Compañía de Seguros, con domicilio social en Madrid, Plaza de España nº 15, con C.I.F. nº A-28/039790, representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. Lucas Guardiola y en la Audiencia por el Procurador Sr. Martínez García, y dirigida por el Letrado Sr. Cuéllar Tórtola. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de culpa extracontractual.
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Matías contra la sentencia de 13 de octubre de 2000, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cieza; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente fallo:
"Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Turpín Herrera en nombre y representación de Matías , he de absolver y absuelvo a SANTA LUCÍA S.A. de la demanda formulada contra ella, condenando en costas al actor Matías ".
Contra dicha sentencia interpuso en tiempo y forma D. Matías recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.Recibidas las actuaciones en la Audiencia, se formó el correspondiente rollo, con el nº 449/2000, en el que comparecieron las partes debidamente representadas, y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se concedió a aquellas el término de tres días para que pudieran instar la sustitución de la vista por el escrito de alegaciones a que se refiere el artículo 709, párrafo cuarto, de la Ley de Enjuic. Civil, a lo que se accedió por ambas. Y unidos los escritos de alegaciones al rollo, se señaló el 24 de enero de 2002 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, quedando éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
D. Matías , en fecha 16 de noviembre de 1999, interpuso demanda de juicio declarativo de menor cuantía, solicitando que se condenara a Santa Lucía, S.A., aseguradora de la Comunidad de Propietarios del edificio La Rotonda, sito en Cieza, CALLE000 nº NUM000 , a pagar al actor la cantidad de
24.972.470 pesetas, como indemnización de daños y perjuicios sufridos por el Sr. Matías a consecuencia de una caída que, según el actor, había sufrido en las escaleras de dicho edificio el día 5 de abril de 1997, al pisar una corteza de plátano y resbalar, con el resultado de fractura bimaleolar de su tobillo derecho.
Según la parte actora, a la altura del primer piso existían restos y desperdicios de alimentos que no habían sido barridos. De ahí que...
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