SAP Murcia 130/2007, 18 de Abril de 2007

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2007:2657
Número de Recurso406/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución130/2007
Fecha de Resolución18 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00130/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 406/06

SECCIÓN SEGUNDA J. Caravaca Uno

MURCIA Ordinario 484/04

S E N T E N C I A Nº 1 3 0 / 0 7

Ilmos. Sres.

D.Abdón Díaz Suarez

Presidente

Dª María Jover Carrión

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a dieciocho de abril de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 484/04, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Caravaca nº Uno, entre las partes: como demandados/apelantes Don Luis y Doña Sofía, representados por el Procurador Sr/a. Montiel Moreno, y defendida por el Letrado Sr/a. Rigabert Montiel, y como actores/apelados Don Miguel Ángel y Don Plácido, representados por el Procurador Sr/a. Lozano Semitiel, y defendidos por el Letrado Sr. López-Fajardo López.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 29 de Junio de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la resolución cuya parte dispositiva, dice así: "Estimo parcialmente la demanda formulada por el procurador Sr. Robles Pascual en nombre y representación de Don Miguel Ángel y Don Plácido contra Doña Sofía y Don Luis, y por tanto:

  1. - Declaro que la finca de la CALLE000 nº NUM000 de Calasparra está libre de toda carga, sin que esté gravada con ninguna servidumbre de luces o vistas, ni servidumbre de paso a favor de la casa nº NUM001.

  2. - Condeno a Doña Sofía y Don Luis a cerrar las dos ventanas de la planta inferior y retirar los aparatos de aire acondicionada que invaden el vuelo de la finca colindante propiedad de los actores.

  3. - No ha lugar al cierre de la puerta y las 4 ventanas de la planta superior de la propiedad de los demandados, sin perjuicio del derecho de los actores de levantar pared contigua a la de los demandados para tapar esos huecos.

Sin imposición de costas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Don Luis y Doña Sofía al no estar conforme con la sentencia, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso y solicitando su confirmación.

Elevados los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 406/06, señalándose el día 17 de abril de 2007 para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dictada sentencia estimatoria de la demanda y de la acción negatoria de servidumbre, declarativa de la libertad de cargas de la finca sita en la CALLE000 nº NUM000 de Calasparra, y condenatoria de demandados a cerrar las dos ventanas de la planta inferior y a retirar los aparatos de aire acondicionado que invaden el vuelo de la finca colindante propiedad de los actores.

Los precitados demandados recurren sobre la base de los motivos siguientes: 1º) Falta de legitimación de los actores para el ejercicio de la acción negatoria de servidumbre, y 2º) Desestimación de esta acción negatoria.

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