SAP Barcelona, 18 de Octubre de 2002

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2002:10355
Número de Recurso641/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. RAMON FONCILLAS SOPENA

D. VICTORIANO DOMINGO LOREN

Dª. AMELIA MATEO MARCO

En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de octubre de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo menor cuantía, número 360/2000 seguidos por el Juzgado Primera Instancia

2 Granollers, a instancia de D/Dª. Luis , Dª Laura , contra D/Dª. Erica , D. Adolfo , D. Plácido y CONSTRUCCIONES CRIADO, SL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día veintinueve de enero de dos mil dos, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo parcialmente la demanda formulada por Dª Laura y D. Luis , representados por el Procurador Sr. Vargas Navarro, contra la entidad mercantil Construcciones Criado SL., declarada en rebeldía procesal, Dª Erica y D. Adolfo , representados por el Procurador Sr. Muñoz Muñoz, y D. Plácido , representado por el Procurador Sr. Cuenca Biosca, debo condenar y condeno a la demandada Construcciones Criado SL. a la realización de los trabajos necesarios para reparar y subsanar los daños causados en la vivienda propiedad de los actores siendo necesario lijar, enmasillar y pintar los parámetros afectados por las humedades referidos en el Fundamento Jurídico Primero de la presente resolución y, en su defecto, al pago de la cantidad de quinientas sesenta y siete mil quinientas once pesetas en que se valora el coste de las reparaciones, debiendo asmismo abonar la cantidad de 17.650 ptas., absolviendo al resto de los demandados de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con expresa condena a la entidad Construcciones Criado SL. al pago de las costas procesales devengadas por la parte actora y con expresa condena a ésta última a abonar las costas procesales causadas por D. Adolfo , Dª. Erica y D. Plácido .".SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 10 de octubre de 2002.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los actores ejercitaron acción en reclamación de los daños causados en su vivienda como consecuencia de la construcción llevada a cabo en el solar colindante, la cual dirigieron contra los propietarios de aquél, la constructora que llevó a cabo las obras, y el Arquitecto director de las mismas.

La sentencia de instancia estimó parcialmente la demanda y condenó al pago de la cantidad reclamada únicamente a la entidad constructora, absolviendo a los restantes codemandados. Contra la misma se alzan los actores, reiterando en la alzada la procedencia de la condena de los propietarios, con base en una supuesta "culpa in eligendo", y del Arquitecto por culpa "in vigilando".

SEGUNDO

El origen de los daños causados en la vivienda de los actores estuvo en la retirada del tabique pluvial que protegía su fachada lateral, con el fin de adosar la construcción que se estaba llevando a cabo, lo que realizó la empresa constructora sin proteger debidamente las zonas en que se había eliminado, provocándose de este modo la aparición de humedades por filtración de aguas pluviales, según resulta de la prueba pericial obrante a los fols. 480 y ss., lo que motivó la condena de la referida constructora a reparar aquellos, con base en el art....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Navarra 233/2010, 25 de Noviembre de 2010
    • España
    • 25 Noviembre 2010
    ...todo lo cual determina el rechazo de la excepción alegada. TERCERO Es cierto que como tuvo ocasión de decir la sentencia de la AP Barcelona (Sección 17) de 18 octubre 2002 JUR 2003\99382, "el tema relativo a la responsabilidad del comitente (en el contrato de obra) por los daños que ocasion......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR