SAP Zaragoza 594/2007, 30 de Octubre de 2007
Ponente | ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER |
ECLI | ES:APZ:2007:1707 |
Número de Recurso | 433/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 594/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00594/2007
SENTENCIA núm. 594/2007
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a treinta de Octubre de dos mil siete.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 30/2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 433/2007, en los que aparece como parte apelante D. Jose Pablo representado por la procuradora Dª. MARIA PILAR BONET PERDIGONES y asistido por el Letrado D. FERNANDO DIAZ SANZ; y como parte apelada/dte BANCO CETELEM, S.A. representado por el procurador D. JOAQUIN SALINAS CERVETTO y asistido por el Letrado D. FRANCISCO MORENO ANDRES; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 4 de junio de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que estimando la demanda formulada por BANCO CETELEM S.A. contra Jose Pablo, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno al demandado al abono a la parte actora de la suma reclamada de 1.357,56 €, más los intereses legales correspondientes y las costas procesales.
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de parte demandada se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 22 de octubre de 2007.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan en parte los de la sentencia recurrida, y
Reclama la actora, entidad destinada a la concesión de financiación al consumo, la cantidad que considera le adeuda el consumidor adquirente de dos aparatos de aire acondicionado en una cadena comercial (Media Markt). El demandado pagó uno y no el otro, pues no funcionaba correctamente.
La compra se realizó en mayo de 2004 y ya en junio se detecta el fallo. En febrero de 2006 el Sr Jose Pablo (comprador), presenta reclamación ante la oficina municipal de información al consumidor, que incoa expediente. La empresa vendedora se aquieta a la petición del comprador, en el sentido de que si el equipo no funciona se procederá a su sustitución, ante lo cual la oficina municipal de consumo archiva la reclamación, el 22-marzo de 2006.
En esta situación se presenta reclamación por parte de la entidad de financiación, el 27-junio de...
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