SAP Madrid 14/2007, 31 de Enero de 2007

PonenteMARIA JOSEFA SANTAMARIA SANTIGOSA
ECLIES:APM:2007:6500
Número de Recurso222/2006
Número de Resolución14/2007
Fecha de Resolución31 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Juicio de faltas nº 2/06

Juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid

Rollo de Sala nº 222/2006

Mª JOSEFA SANTAMARÍA SANTIGOSA

La Sección Cuarta Bis de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre

de SU MAJESTAD EL REY la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 14/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )

SECCIÓN CUARTA BIS )

MAGISTRADA )

Dª. Mª JOSEFA SANTAMARÍA SANTIGOSA )

___________________________________)

En Madrid, a treinta y uno de enero de dos mil siete.

Vistos en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los recursos de apelación contra la sentencia de fecha 5 de mayo de 2006 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid en el juicio de faltas nº 2/06; habiendo sido partes, de un lado como apelante Encarna, y de otro como apelados EL MINISTERIO FISCAL y Arturo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción en el procedimiento citado dictó sentencia cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva dicen:

HECHOS

PROBADOS: En un contexto conflictivo respecto a la ejecución del régimen de visitas establecido en la Sentencia dictada con fecha 22 de mayo de 2003 por el Juzgado de Primera Instancia número 25 de Madrid, en cuya Sentencia se decretó la separación del matrimonio formado por Encarna y Arturo y se aprobó el convenio regulador presentado por los cónyuges, el día 23 de Agosto de 2005, sobre las 10 de mañana y en el domicilio de la acusada sito en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de esta Capital, Encarna se negó a entregar a las dos hijas menores habidas en el matrimonio a Valentina, novia de Arturo, la cual había ido a recogerlos con autorización del padre, al que correspondía tener consigo a los menores desde las 10 de la mañana hasta las 20 horas del día indicado.

Dicha negativa de entrega de los menores por parte de la acusada, ya se había producido con anterioridad, concretamente el día 25 de junio de 2005, hecho por el que la acusada fue condenada en Sentencia dictada por éste Juzgado el día 16 de Diciembre de 2005 -Juicio de faltas nº 2275/2005-, Resolución en la actualidad no firme y que obra por fotocopia en estos autos. El convenio regulador aprobado en la Sentencia de Separación antes mencionada, establece el derecho de visitas del padre respecto a las dos hijas comunes en fines de semana alternativos. Igualmente establece un régimen de estancia en los períodos vacacionales, que en lo referente al período estival, indicaba que el padre tendría consigo a las menores quince días que le correspondía escoger los años pares, quedando supeditado en los años impares al mes de vacaciones de la madre, y acotándose las opciones de los padres a los meses de Julio y de Agosto.

Los días 3 y 17 de Septiembre de 2005 y 1 de Octubre de dicho año, días a los que correspondía al padre, según el convenio regulador aprobado judicialmente, tener consigo a las dos hijas menores del matrimonio, la acusada no hizo entrega de las menores al padre en los lugares señalados a tal fin, y ello pese a que el Sr. Arturo acudió a las horas señaladas, en concreto, el día 3 de Septiembre al domicilio de la acusada, el día 17 de Septiembre al punto de encuentro establecido,...

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