SAP Madrid 254/2007, 24 de Mayo de 2007

PonenteJOSE LUIS DURAN BERROCAL
ECLIES:APM:2007:7741
Número de Recurso210/2006
Número de Resolución254/2007
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00254/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO 254/07

RECURSO DE APELACIÓN 210/2006

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JOSÉ MARÍA SALCEDO GENER

En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº. 748/2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº. 13 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo nº. 210/2006, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelado DON Juan Alberto, representado por el Procurador Sr. D. Jorge Laguna Alonso; y de otra, como demandada y hoy apelante CATALANA OCCIDENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora Sra. Dª. Paloma Ortíz-Cañavate Levenfeld; sobre contrato de seguro, cláusula limitadora de derechos.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº. 13 de Madrid, en fecha dos de junio de dos mil cinco, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por D. Juan Alberto, representada por el procurador D. Jorge Laguna Alonso, contra Grupo Catalana Occidente S.A, representada por la procuradora DA. Paloma Ortiz Cañabate Levenfeld, debo de condenar y condeno a la citada demandada a pagar al actor la cantidad de diez mil sesenta y un euros con setenta y cinco céntimos de Euro (10.061,75 €), más intereses legales incrementados en el 50% desde la fecha del siniestro, y con expresa condena a la demandada en las costas causadas en esta instancia.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día veintitrés de mayo del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se aceptan los de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR